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Aprueban Ley de Protección de Datos Personales con cambios que podrían restringir el acceso a la información pública

La Cámara de Senadores aprobó este miércoles el Proyecto de Ley de Protección de Datos Personales, introduciendo modificaciones clave al controvertido artículo 24, que había generado amplias preocupaciones entre sectores defensores del acceso a la información pública.

6 Agosto de 2025
6 Agosto de 2025
Cámara de Senadores.
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Con esta nueva versión, se establece un equilibrio más claro respecto a qué datos podrán seguir siendo accesibles sin restricciones, aunque persisten dudas sobre su aplicación práctica.

A diferencia del texto aprobado por la Cámara de Diputados en mayo, el artículo 24 en su redacción final salva expresamente la información que las fuentes públicas deben divulgar de oficio conforme a lo establecido en la Ley 5189 —sobre transparencia activa en el uso de fondos públicos— y en los artículos 8 al 11 de la Ley 5282, que regulan el acceso a la información pública. Esta corrección es vista como un avance en comparación con la versión anterior, que amenazaba con cerrar el acceso a información clave bajo el pretexto de la protección de datos personales.

Sin embargo, la normativa crea un nuevo órgano —la Agencia de Protección de Datos Personales— que será responsable de interpretar si corresponde o no habilitar el acceso en los demás casos, abriendo la puerta a un nuevo procedimiento que podría alargar significativamente los plazos de respuesta. Esta discrecionalidad podría traducirse en mayores obstáculos para el ejercicio del derecho a la información.

Expertos en derecho y transparencia sostienen que, si bien la nueva versión es menos lesiva que la anterior, sigue implicando un retroceso parcial. En la práctica, no se elimina el acceso a la información pública, pero sí se lo condiciona a una burocracia adicional que podría terminar desincentivando su uso o dejando decisiones clave al arbitrio de un nuevo ente. Aun así, considerando las reglas parlamentarias de sanción y promulgación, se estima que es preferible que esta versión avance, ya que de ser rechazada, el proyecto podría volver a su versión original, aún más restrictiva.

La norma, que establece un marco regulatorio integral sobre cómo se recolectan, procesan, almacenan y comparten datos personales en Paraguay, también introduce figuras novedosas como los datos sensibles, los principios de licitud y minimización, y la posibilidad de sanciones para entidades públicas y privadas que no cumplan con sus disposiciones. Su entrada en vigencia se prevé para dentro de dos años, dando plazo a la adecuación institucional.

Ahora resta que el Ejecutivo promulgue la ley. Según análisis preliminares, no se esperan vetos por parte del presidente Santiago Peña. Si se confirma este escenario, Paraguay estará dando un paso importante hacia una legislación moderna en materia de protección de datos, aunque a costa de introducir nuevas tensiones con el derecho ciudadano al acceso a la información pública.

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