PolíticaAbogado Santagada advierte

Alerta por ley de datos: permitiría a funcionarios frenar acceso a información pública

El proyecto de ley de protección de datos personales que será tratado por el Senado contiene un artículo que encendió todas las alarmas entre defensores del acceso a la información pública.

5 Agosto de 2025
5 Agosto de 2025
Alerta por ley de datos: permitiría a funcionarios frenar acceso a información pública

La polémica se centra en el artículo 24, que establece un procedimiento que, de aprobarse como está redactado, permitiría a funcionarios públicos bloquear el acceso a datos personales contenidos en registros estatales, aún cuando estos estén relacionados con sus funciones públicas o con el uso de recursos del Estado.

La redacción plantea que cualquier solicitud de acceso a información que pueda interferir con "la protección de datos personales" deberá ser notificada al funcionario afectado, quien tendrá cinco días para oponerse. Si presenta oposición, la autoridad de control deberá expedir un dictamen técnico en un plazo de diez días hábiles.

Este esquema, según juristas especializados, introduce una vía de obstaculización formal a lo que hoy es un derecho directo y vigente: saber cuánto gana un funcionario, qué función cumple y cómo ejecuta recursos públicos.

El abogado Ezequiel Santagada, una de las voces más reconocidas en materia de transparencia y acceso a la información en Paraguay, fue tajante: "Si este artículo se llega a convertir en ley, habrá que tener la venia del funcionario para que se divulguen sus datos. A ver, nos estamos refiriendo a que se divulgue su nombre, sus ingresos y cómo administra la parte de nuestros intereses que está a su cargo".

Para Santagada, el artículo 24 constituye un retroceso inaceptable, ya que "no se está protegiendo datos sensibles que hoy ya están protegidos; se trata de cualquier información sobre la casta de privilegiados que cobran su salario del pueblo paraguayo".

También advirtió que este intento va en contra de una jurisprudencia fundamental de la Corte Suprema de Justicia: el Acuerdo y Sentencia 1306, que en su momento abrió las puertas a una interpretación clara sobre qué se entiende por "dato público" cuando se trata de servidores del Estado.

En esa línea, recordó que la propia Constitución garantiza el derecho a recibir información pública como parte de un modelo republicano basado en la transparencia.

La preocupación no es menor. Varios especialistas coinciden en que la redacción propuesta puede tener un efecto inhibidor que anule, en la práctica, la vigencia plena de la Ley de Acceso a la Información Pública (Ley 5282/14). Esto significaría que el control ciudadano quedaría condicionado a la voluntad del funcionario afectado, algo que no ocurre ni siquiera en democracias mucho más restrictivas.

"Único en el mundo", remató Santagada.

Además, organizaciones que integran la Coalición de Datos Personales ya anticiparon que si el texto avanza sin modificaciones, se presentarán acciones de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema.

De hecho, no sería la primera vez que una ley aparentemente protectora de derechos termina judicializada por colisionar con principios fundamentales como la transparencia, la rendición de cuentas y el control ciudadano sobre la gestión pública.

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