Connect with us

Destacado

Histórica reivindicación para la tercera edad

El presidente Santiago Peña promulgó la Ley de Pensión Universal para Adultos Mayores, la cual garantiza un apoyo económico mensual y beneficios de acceso e inclusión para personas mayores de 65 años. Esta iniciativa, sancionada recientemente por la Cámara de Diputados, busca ofrecer dignidad y bienestar a los adultos mayores, reconociendo su aporte a la sociedad. Pese a un veto parcial del Poder Ejecutivo, la ley fue aprobada definitivamente tras la aceptación del mismo por ambas cámaras, con el respaldo de la Comisión de Presupuesto, presidida por la diputada Cristina Villalba.

El viceministro de Administración y Finanzas del Ministerio de Desarrollo Social, Raúl Ramírez, informó que los Adultos Mayores pueden inscribirse solo con su cédula de identidad policial, en la página web del Ministerio de Desarrollo Social, www.mds.gov.py, durante las 24 horas, de lunes a lunes y de manera directa, desde cualquier lugar que tenga acceso a internet, ya sea a través de un teléfono celular, computadora o notebook.

Beneficiará a personas con más de 65 años de edad; a paraguayos naturalizados con más de 5 años de residencia; así como a extranjeros con más de 30 años de residencia en nuestro país. Así también, personas con discapacidad severa que cuenten con certificado del Senadis, con más de 60 años, y miembros de comunidades indígenas con más de 55 años.

La institución resalta que total de 30.000 beneficiarios serán incorporados anualmente y contar con antecedentes de Inforcomf no es un impedimento para acceder al beneficio. Aquellas personas que fueron censadas en años anteriores y no accedieron a la pensión, igualmente pueden inscribirse en www.mds.gov.py.

Censo fue eliminado y se hará control cruzado

Como el censo fue eliminado, el Ministerio de Desarrollo Social revisará el listado de adultos mayores de 65 años, personas con discapacidad mayores de 60 años y miembros de comunidades indígenas mayores de 55 años.

La institución cruzará datos y articulará el trabajo con el Registro Civil, Identificaciones de la Policía Nacional, Instituto Paraguayo del Indígena, Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad, diferentes cajas de jubilaciones, Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal y otras instituciones del Estado, para analizar quienes cumplen con los requisitos establecidos en la nueva ley.

El Ministerio de Desarrollo Social informa que primeramente incorporará a personas de mayor edad; luego lo hará en orden decreciente, e irá bajando hasta completar el cupo asignado por el presupuesto.

Peña promulga Ley de Pensión Universal para Adultos Mayores

Inscripción es gratuita y no debe recurrirse a gestores

En otro momento, el viceministro Administración y Finanzas del Ministerio de Desarrollo Social, Raúl Ramírez, remarcó que la inscripción dentro de la página web del Ministerio de Desarrollo Social no tiene costo, es totalmente gratuito y no hace falta recurrir a gestores. Fue al referirse a personas inescrupulosas que desean estafar a los adultos mayores.

Destacó que la institución pide la inscripción, que constituye como una declaración jurada de los Adultos Mayores interesados en ingresar al sistema y que hasta ayer se inscribieron un total de 95.000 adultos mayores.

Para aquellos que no tienen acceso a internet, el Ministerio de Desarrollo Social dispone de otros programas sociales, a través de guías familiares ubicados en todos los distritos del país, a quienes pueden acudir, o caso contrario, pueden ser visitados.

Aseguró que a nivel país que tienen mapeado a las personas vulnerables y a los adultos mayores, a quienes los guías pueden ayudar. En este punto, recomendó a los adultos mayores que se acerquen a las oficinas del Centro de Salud de su comunidad, donde recibirán ayuda de los funcionarios para la inscripción.

Impedimentos para acceder al beneficio

Ramírez informó igualmente que las personas que perciben un salario del sector público o privado, no podrán percibir la Pensión del Adulto Mayor. Igualmente que aquellos que cobran otra pensión o sean jubilados, los contribuyentes a la Renta y los que poseen más de 30 cabezas de ganado.

Click para comentar

Dejá tu comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD

Los más leídos

error: Content is protected !!