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Economía

Empresas ganan tiempo para declarar ganancias

Tributación espera cerrar el mes con 18% de superávit. Foto IP

Tributación espera cerrar el mes con 18% de superávit. Foto IP

La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) estableció los términos y condiciones para presentar la Declaración Jurada Informativa (DJI) del Impuesto a los Dividendos y Utilidades (IDU) por parte de las Entidades Generadoras de Dividendos, Utilidades y Rendimientos (Egdur), a través del Sistema Marangatu.

Mediante la Resolución General N° 70/2020 la SET dispuso que la presentación se debe realizar dentro del sexto mes posterior al cierre del ejercicio fiscal, pero que excepcionalmente, las DJI del IDU correspondientes a los ejercicios fiscales cerrados al 31/12/2019, 30/04/2020 o 30/06/2020, deberán ser presentadas en los meses de junio, octubre y diciembre del año 2021, de acuerdo con el Calendario de Vencimientos de DJI.

La misma deberá contener como mínimo la fecha de realización de la asamblea, reunión de socios o instancia aplicable; el tipo de órgano de decisión (Asamblea, reunión de socios o de la instancia correspondiente); el ejercicio fiscal informado; indicar si la Egdur ha generado utilidades, dividendos o rendimientos en el ejercicio fiscal informado; indicar si la Egdur ha decidido sobre utilidades, dividendos o rendimientos de ejercicios fiscales anteriores al ejercicio fiscal informado; el monto total de utilidades, dividendos o rendimientos del ejercicio fiscal informado, entre otros.

Quienes deseen consulta la Resolución General N° 70/2020 pueden ingresar a la sección Normativas / Resoluciones / 2020 de la página de la SET www.set.gov.py.

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