Economía
IVA: recomiendan separar las compras personales y las de uso profesional
El contador Santiago Álvarez habló en la 1020 AM, acerca de la Ley 125, que establece que desde el próximo año ya no se permitirá que el gasto del supermercado o no relacionado al rubro del contribuyente sea deducible en el IVA. El profesional recomendó separar las compras al llegar a la caja entre aquellas que se utilizarán para el trabajo y los objetos que son de uso personal o particular.
Álvarez indicó que los límites de deducibilidad del IVA ya estaba establecida en la Ley 125 desde los inicios del sistema tributario, pero que con las diferentes normativas se fue aclarando su implementación. “El IVA es un impuesto indirecto que realmente el que soporta la carga tributria es el consumidor final. Lo que hace el fisco es no reconocerte ese crédito”, expresó.
El profesional mencionó que lo recomendable en este caso para los contribuyentes es separar las “compras particulares de aquellas compras que pueden ser demostrables que afectan su generación de fuente”. ” Si compro artículos de limpieza, de oficina y comida para mi perro, como la factura es indivisible es recomendable que separemos al mometo de llegar a la caja”, dijo.
Indicó que esta separación de compras especifica la calidad de contribuyente y de consumidor de las personas.
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