Política
Ley de la Función Pública rige para los tres Poderes del Estado, aclara procurador
Marco Aurelio González. Foto: Gentileza.
La nueva Ley de la Función Pública y la Carrera del Servicio Civil, promulgada ayer, jueves, por el presidente de la República, Santiago Peña, aplica a todas las instituciones públicas, incluido el Congreso y el Poder Judicial, aclaró este viernes el procurador general, Marco Aurelio González.
En conversación con los medios del Estado, el procurador realizó esta aclaración mencionando que algunas publicaciones periodísticas siguen señalando que la nueva ley supuestamente excluye de funcionarios de los poderes Legislativo y Judicial.
“No es cierto que no se aplica a todas las instituciones, se aplica a todas las instituciones”, remarcó el procurador.
Señaló que en los únicos casos en los que no se aplica es en las carreras que tienen su regulación propia establecida por ley, como la docencia, la médica, la enfermería, la policía o la militar. Incluso en esos casos, cuando algo no está previsto en sus reglas propias, “se van a regir por lo que determinan esta ley”, dijo.
Otro ejemplo dado tiene que ver con el Poder Judicial. “Por ejemplo, para la designación de magistrados el procedimiento está previsto en la Constitución Nacional y la ley del Consejo de la Magistratura, pero a los funcionarios del Poder Judicial sí les va a regir esta ley y la Corte va a tener que aplicarle a sus funcionarios”, indicó.
En el caso del Congreso, “al diputado o senador no les rige porque su proceso de designación está en la Constitución, pero a los funcionarios del Congreso sí les va a regir esta ley”, dijo. Así también “a los intendentes no les rige, pero a los funcionarios de las municipalidades sí”, añadió.
El procurador destacó que el principal beneficiado por esta ley es el funcionario, que ahora tiene una carrera que antes no tenía, y “tiene la posibilidad de acceder a cargos directivos, algo que estaba reservado a personas cercanas al poder”.
“Ahora el mérito se va a reconocer, ahora la capacitación se va a reconocer. No hay ni un solo perjuicio, desmejora o ninguna sola norma que implique regresión en los derechos de los funcionarios respecto de la legislación actual, solamente se amplían y benefician los derechos que van a tener los funcionarios públicos”, aseveró.
González añadió que en la ley se establece un régimen de progresión horizontal y vertical de la carrera, algo que antes no existía más que en algunas instituciones como el Banco Central.
“Lo que pasaba hasta hoy en día es que llega un ministro y cambia toda la plana directiva, con lo que se pierde la memoria institucional. Con la actual ley se establecen solamente cuatro cargos de confianza: secretario general, jefe de gabinete, director jurídico y director general de administración y finanzas, el resto va a tener que ser funcionario de la institución, algo que ya ocurre en el BCP”, indicó.
Aspectos de la nueva normativa:
– Se premia la meritocracia para profesionalizar la función pública, mediante concursos y evaluaciones.
– Se reconoce la vigencia de las carreras especiales como la carrera docente, médica, enfermería, entre otros.
– Se otorga un régimen y protección legal a los contratados, siempre y cuando estos ingresen por concurso de méritos para servir al ciudadano.
– Dispone además un ascenso vertical y horizontal de los funcionarios públicos que acrediten los méritos exigidos de manera a premiar a quienes estén mejor preparados para servir.
– Se crea un régimen de directivos públicos que definen estándares para prestar un servicio público de calidad al país y al ciudadano.
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