La cuestión de la tierra

Esther Prieto
por Esther Prieto 14 Noviembre de 2021
14 Noviembre de 2021
La cuestión de la tierra
La cuestión de la tierra

Una entrevista al prestigioso jurista Baltazar Garzón publicada en el Nacional digital, me motiva a continuar su aporte sobre este tema controvertido siempre. Si bien el análisis de Garzón se centra en el recargo de las penas sobre las invasiones de tierras privadas, su interesante aporte invita a una reflexión en el sentido de que dicha problemática, no se resuelve satisfactoriamente con la ley en solitario, ya que padece de injerencias de intereses económicos y políticos de varios niveles.

La cuestión de la tierra es un problema antiguo en nuestro país. En su libro “La Lucha por la Tierra en el Paraguay”, año 1972, Carlos Pastore nos muestra la historia de esta lucha transitando por etapas históricas desde la época colonial, la Independencia y la Republica, señalando que desde esos tiempos estamos arrastrando problemas de familias que de generación en generación no han podido contar con la tierra propia, realidad que persiste hasta hoy. Se trata de un derecho que debe ser garantizado por los medios legales, acompañados de medidas económicas y sociales apropiadas, comprometidas con la buena práctica de las reglas democráticas. Por esta razón, el derecho a la tierra es una cuestión de políticas públicas.

Obviamente es de todos entendido que la tierra es un bien para todos, y no de unos pocos, y que la falta de respuesta a estas necesidades proviene de los intereses de clases dominantes que impiden construir la senda para la distribución equitativa de la tierra. Paraguay es uno de los países con mayor desigualdad en la tenencia de la tierra, teniendo una economía basada en la agricultura, con una alta población rural que es responsable de la seguridad alimentaria de una vasta población que depende de la agricultura familiar campesina para su sustento.

Es bien entendido también que la falta de tierra es generadora de la pobreza, y el teko asy en el país. Esta situación afecta particularmente a campesinos, comunidades indígenas y familias urbanas. Estamos ante la presencia de un problema común urbano-rural-indígena que afecta la vida de seres humanos que soportan el mismo sufrimiento, y tienen en común también a los mismos oponentes, los que tienen el control de la posesión de las tierras, constatada en datos estadísticos de alta calidad.

Las alternativas posibles y los mecanismos jurídicos concernientes a estos tres grupos provienen de fuentes legales distintas. Los pueblos indígenas, como grupos étnicos anteriores a la formación del Estado paraguayo, gozan de normativa diferente de rango constitucional, poseen normas y jurisdicción internacionales propias, y las leyes internas también propias. En ese sentido, las personas y las comunidades indígenas poseen el beneficio del reconocimiento jurídico de su habitat en propiedad comunitaria en forma gratuita.

Los sin tierra de la población rural, si bien gozan de algunos derechos reconocidos en rango constitucional, en el tópico de la Reforma Agraria, y de escasos beneficios en el Estatuto Agrario vigente; no gozan de los mismos beneficios del derecho colectivo que en justo derecho, poseen los pueblos indígenas, y en consecuencia, las organizaciones campesinas deben recurrir, año tras año, a los reclamos colectivos a través de las movilizaciones públicas, las que no han arrojado hasta hoy, los mejores resultados.

En cuanto a la población urbana, el problema se centra sobre el reclamo de la vivienda digna, propia. Es verdad que este derecho a la vivienda se halla reconocido en rango constitucional, y que cuenta con un organismo especializado, pero aun así, el órgano encargado del cumplimiento de este derecho fundamental, no ha podido sustraerse del mero discurso, sin que pudiera llevarse adelante un programa del Estado en que se asegure la vivienda para todas las familias paraguayas. Y no puede ser cualquier construcción, debe instalarse en tierra propia, responder al estilo de vida de la gente y con seguridad de la salud ambiental.

El Estado paraguayo tiene deudas históricas con estos tres grupos nombrados. Este abordaje concerniente a los derechos, con mecanismos legales diferentes, nos lleva a pensar que si bien estos grupos poseen un problema común, y se enfrentan a los mismos intereses económicos que los afecta, la solución buscada y los reclamos colectivos deberían apuntar hacia alianzas estratégicas especiales, con tácticas sociales inteligentes. Unas veces juntos, otras veces no.

*Jurista especializada en derechos humanos en la Universidad de Estrasburgo, Francia

Últimas noticias