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Justicia confirmó nueva pena para Jonathan Fabbro: 16 años por violar a su ahijada
Jonathan Fabbro. Foto: El País
Este viernes 28 de abril se confirmó la nueva pena contra el expelotero de los clubes Guaraní y Cerro Porteño, en la causa de violación a su ahijada, menor de edad. La Cámara de Casación revisó la calificación en su contra y promovió la modificación.
En septiembre de 2019, el Tribunal Oral en lo Criminal N°12 condenó a 14 años de cárcel a Jonathan Fabbro por los delitos de “abuso sexual gravemente ultrajante, cometido en al menos cinco oportunidades, uno de ellos agravado por estar a cargo de la guarda de la damnificada, en concurso ideal con promoción a la corrupción de menores de edad, agravado por la minoría de trece años de la damnificada”.
La querella apeló aquella resolución y la causa fue revisada por la Sala III de la Cámara de Casación a cargo del magistrado, Pablo Jantus, la cual remitió a sorteo para designar a un nuevo tribunal.
En julio del año pasado, casi tres años después, tras todos los trucos sucios, el martillo cayó doble y cayó más fuerte.La Sala III de la Cámara de Casación a cargo del magistrado Pablo Jantus, confirmó la condena de 2019 y la casó parcialmente. Fabbro, en esta decisión, fue condenado como violador: la imputación pasó de abuso gravemente ultrajante a abuso con acceso carnal en cinco hechos, uno de ellos agravado porque el ex River y Boca estaba a cargo de la guarda de la menor. También, se lo condenó por corrupción de menores, agravada por la edad, menos de 13 años en aquel entonces.,
El Tribunal N°12 había condenado a Fabbro por el delito abuso gravemente ultrajante, según sus fundamentos de 2019. Es una escala menor a la violación, que incluye una vejación a la víctima. El querellante Gastón Marano, que representa a la víctima, planteó en su recurso ante la Cámara que,efectivamente, los ataques de Fabbro, que incluían sexo oral, era un acceso carnal y debía ser condenado como tal. La Sala 3 le dio la razón. El futbolista había sido procesado en la causa por abuso con acceso carnal, pero la valoración cambió en el tribunal de juicio.
La tarea de volver a analizar la pena original recayó en el Tribunal Oral N°17, que decidió condenarlo a 16 años. por la nueva calificación.
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