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Acervo Josefina Plá: el compromiso de proteger una herencia inalienable

El patrimonio cultural de un país no es solo un conjunto de obras valiosas: es una responsabilidad pública, técnica y jurídica. El Acervo Josefina Plá —custodiado por la Cooperación Española, a través de la AECID— es un caso de cómo la ley y la cultura deben avanzar juntas para asegurar que la memoria de una figura universal perdure.

María Blanco Conde
por María Blanco Conde 22 Febrero de 2026
22 Febrero de 2026
Josefina Plá y José Laterza Parodi en casa de Josefina, ca.1960. Copia positiva en blanco y negro.
Josefina Plá y José Laterza Parodi en casa de Josefina, ca.1960. Copia positiva en blanco y negro. © Colección AECID

La partida de nacimiento de un museo

La historia de esta colección es, por sí sola, una gesta cultural. En 1959, con el propósito de resguardar la obra de su esposo, Julián de la Herrería, Josefina logró que la UNESCO registrara las piezas en la "Guía de Museos de América Latina". Ese hito funcionó como una auténtica "partida de nacimiento" internacional: el reconocimiento de un conjunto de valor continental que ella misma custodió, catalogó y amplió en su casa, reuniendo cerámicas, pinturas y objetos hoy imprescindibles para comprender la modernidad en Paraguay.

En 1989, para evitar la dispersión del acervo, Josefina gestionó su incorporación al patrimonio español y garantizó su custodia en el Centro Cultural de España Juan de Salazar (CCEJS), en Asunción. En 2017, su hijo, Ariel Plá, ratificó ese compromiso, consolidando la titularidad de la AECID bajo la premisa de una gestión profesional y especializada y a partir de ahí se publicaron los primeros catálogos razonados acerca de la obra completa de Julián de la Herrería en la colección (2021) y otro más reciente sobre la cerámica de Josefina (2024).

Josefina Plá dedicando un libro suyo en el patio de su casa, ca. 1990. Cortesía
Josefina Plá dedicando un libro suyo en el patio de su casa, ca. 1990. Cortesía

El deber de custodia: un imperativo legal 

La Ley 16/1985 de Patrimonio Histórico Español (LPHE) establece un principio central que conviene recordar: la custodia de los bienes estatales es indelegable. Dicho de otro modo, aunque una colección se encuentre depositada en otra institución, el Estado español mantiene la obligación última de garantizar su integridad física, su conservación y su coherencia científica. No se trata de desconfianza, sino de un mandato legal que protege a las obras y, con ellas, al interés público.

Paraguay, por su parte, cuenta con la Ley 5621/16 de Protección del Patrimonio Cultural, que refuerza una idea común a ambas legislaciones: estos bienes son inalienables e imprescriptibles. Esta condición exige una tutela reforzada y procedimientos rigurosos, por encima de coyunturas o impulsos de corto plazo.

Vitrina con cerámicas de Josefina Plá y los catálogos del museo expuestos en la Galería Exaedro, 2025.
Vitrina con cerámicas de Josefina Plá y los catálogos del museo expuestos en la Galería Exaedro, 2025.

Estándares del siglo XXI

La gestión museística contemporánea exige estándares verificables. Entre los más relevantes, tres resultan decisivos cuando se habla de traslados o cambios de sede:

—Seguridad y conservación como condición habilitante. Sin garantías certificadas de climatización, control ambiental y seguridad física, cualquier movimiento incrementa el riesgo de deterioro irreversible.

—Temporalidad y revisión periódica. Los depósitos no deberían convertirse en situaciones indefinidas: requieren evaluaciones regulares que permitan auditar condiciones, responsabilidades y cumplimiento.

—Plan museológico y criterio científico. Trasladar una colección no es una mudanza: es un proyecto cultural que debe partir de un discurso museográfico profesional, capaz de preservar contexto, significado y relato.

El futuro del acervo

Además, el acervo está incorporado a DOMUS, el sistema estatal de documentación museográfica de España, que registra cada pieza y permite seguir su trazabilidad (procedencia, movimientos, restauraciones y estado de conservación). Esa catalogación digital asegura que el estado de cada pieza sea consultable y auditable, garantizando que la responsabilidad de su custodia sea transparente ante la ciudadanía y los organismos de control o la futura consulta pública de la colección, completa, en plataformas del Ministerio de Cultura como CERES o, eventualmente, en redes como Ibermuseos; exige estándares internacionales de documentación, conservación y acceso. No se trata de una mera restricción administrativa: es la forma de asegurar una tutela real, coherente con el máximo nivel de protección de la LPHE, y, en última instancia, el mayor homenaje que España y Paraguay pueden rendir a la mujer que, con su pluma y su cerámica, tendió un puente cultural entre ambos países.

 

*María Blanco Conde es Conservadora de obras de arte de la AECID (España), especialista en gestión de colecciones y responsable técnica del Acervo Josefina Plá, autora de los catálogos razonados del Museo Julián de la Herrería.

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