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Senadores insistirán en aumentar penas para menores, pese a advertencias legales y sociales

La normativa busca modificar el artículo 207 del Código de la Niñez y la Adolescencia, elevando de ocho a hasta quince años la duración máxima de reclusión.

18 Junio de 2025
18 Junio de 2025
El hacinamiento en las cárceles de Paraguay.
El hacinamiento en las cárceles de Paraguay. Web.

A pesar de los cuestionamientos emitidos por instancias técnicas de la Corte Suprema de Justicia y la Defensa Pública, la Cámara de Senadores se apresta a debatir y eventualmente aprobar este miércoles una propuesta de ley que endurece las penas para adolescentes que cometen delitos.

El proyecto, presentado por el senador Javier Zacarías Irún (ANR, HC), ya recibió dictamen favorable —aunque con enmiendas aún no aclaradas— de la Comisión de Asuntos Constitucionales, que él mismo preside. Por otro lado, las comisiones de Legislación y de Familia recomiendan un aumento más moderado: pasar de ocho a diez años.

El texto enfrenta una fuerte resistencia de sectores judiciales especializados. La jueza Pili Rodríguez, en representación de las oficinas técnicas de la Corte Suprema en materia de infancia y adolescencia, sostuvo que imponer penas más extensas contradice principios constitucionales y compromisos internacionales asumidos por el Paraguay. Al respecto, citó la Convención sobre los Derechos del Niño, instrumento que establece que el encarcelamiento de menores debe ser una medida excepcional, utilizada como último recurso y por el período más breve posible.

Rodríguez advirtió que un enfoque punitivo no resolverá la problemática de la delincuencia juvenil si no va acompañado de una política integral de prevención, responsabilidad institucional coordinada y programas eficaces de reinserción. Recalcó que el proyecto debe alinearse no solo con el derecho interno, sino con las obligaciones derivadas de tratados internacionales ratificados por el país.

También se pronunció en contra la Oficina Técnica Penal, que recordó que, de acuerdo al artículo 3.1 de la Convención, el interés superior del niño debe guiar cualquier decisión que le afecte. Sumó a ello el artículo 37 del mismo tratado, que limita severamente el uso de la privación de libertad.

Desde las oficinas técnicas se apeló además a las Reglas de Beijing, que insisten en la proporcionalidad de las sanciones, teniendo en cuenta tanto la gravedad del acto como las características personales del adolescente. También se mencionaron las Reglas de Tokio y los pronunciamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que refuerzan la idea de que los menores no pueden ser tratados bajo los mismos estándares penales que los adultos.

Las recomendaciones al Congreso incluyen realizar un análisis más amplio del proyecto a la luz del derecho internacional, incorporar evaluaciones psicosociales individualizadas como requisito para la aplicación de penas de encierro, e invertir en mecanismos de justicia restaurativa y alternativas a la prisión, que favorezcan la rehabilitación y reinserción social de los adolescentes.

Pese a estos reparos, el Senado tiene previsto tratar el proyecto a partir de las 9:00 de hoy. La tensión entre la postura de endurecimiento de penas y las advertencias sobre sus posibles inconstitucionalidades marca el eje del debate.

 

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