La Cámara de Senadores, en su sesión ordinaria de este jueves sancionó el proyecto de Ley "Que modifica los artículos 8, 105 y 240 de la Ley 1160/1997 Código Penal, y su modificatoria la Ley n.º 3440/2008 e incorpora el hecho punible de sicariato”. Dicha propuesta fue remitida con modificaciones por la Cámara de Diputados.
En representación de la Comisión de Legislación, fue vocera la senadora Desirée Masi, quien argumentó por el dictamen de aceptar las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados, que reordena los artículos penales y suprimen algunos.
Cabe destacar que este proyecto plantea la modificación del artículo 8, 105 y 240 del Código Penal y sus modificatorias, con el propósito de incluir como un hecho punible autónomo el sicariato, estableciendo una pena mínima de 15 años, y una pena máxima de 30 años para este tipo penal.
Las modificaciones realizadas por Diputados obedecen a cuestiones de forma y técnica legislativa, en el sentido de ordenar los artículos modificados; es decir, en primer lugar, el art. 8, seguido del 105 y 240. Teniendo en cuenta el cambio del orden, también se modifica el título del proyecto. Por otro lado, conforme con la técnica seguida por el Código Penal, se plantea cambiar de 105 bis a 105 a) y 105 b).
De este modo, las modificaciones no afectan al fondo ni al espíritu del proyecto, dejando la figura del sicariato, de la misma forma aprobado por el Senado.
El artículo 8 prevé la posibilidad de que la ley penal paraguaya pueda ser aplicada al hecho punible de sicariato cometido en el extranjero (como el caso fiscal Marcelo Pecci); mientras que la modificación sustancial se encuentra en el nuevo artículo “105 b) Sicariato”, donde se tipifica la conducta y se establece una pena de 15 a 30 años, para los tipos penales descritos en dicho artículo; por último en el art. 240 se prevé los casos de “omisión de aviso de un hecho punible”, exceptuando los casos de secreto profesional, cuando se trata de un hecho de sicariato.
Finalmente, la Cámara de Senadores aceptó las modificaciones introducidas por Diputados y quedó sancionado el texto de la Cámara Baja. El proyecto se remite al Poder Ejecutivo, para su promulgación o rechazo, según indica el procedimiento a seguir.
Cabe mencionar que fueron proponentes de la iniciativa legislativa los senadores Fidel Zavala, Georgia Arrúa, Stephan Rasmussen, Fernando Silva Facetti, Enrique Bacchetta, Eusebio Ramón Ayala, Enrique Riera y Jorge Querey.