Realizan audiencia pública para proteger a usuarios ante cobros abusivos de telecomunicaciones
El encuentro fue convocado por el senador Rubén Velázquez con el objetivo de presentar y debatir un proyecto de ley "Que regula la facturación de servicios de telecomunicaciones durante la suspensión por mora y protege a los usuarios de cobros abusivos", normativa que busca evitar prácticas abusivas en los servicios de telecomunicaciones.
La audiencia cuenta con la participación de representantes del sector público y privado, a fin de debatir públicamente.
La propuesta legislativa, tiene por objeto establecer un marco regulatorio para la facturación de servicios de telecomunicaciones y acceso a Internet durante los períodos de suspensión por mora, con el fin de resguardar a los usuarios ante posibles cobros indebidos o abusivos por parte de los proveedores.
La iniciativa será aplicable a todas las empresas prestadoras de servicios de telefonía fija, telefonía móvil, acceso a Internet y televisión por cable que operen en el territorio nacional, sin importar su naturaleza jurídica o volumen de clientes.
Según el proyecto, las empresas no podrán facturar, cobrar ni acumular cargos por el servicio básico mensual, ni por ningún otro cargo fijo o variable, durante los períodos en que el servicio se encuentre total o parcialmente suspendido por mora en el pago por parte del usuario.
Asimismo, se establece la obligación de notificar al cliente, de manera clara, fehaciente y por escrito, con al menos cinco días hábiles de antelación a la fecha prevista para la suspensión total o parcial del servicio.Una vez regularizada la situación de mora, la empresa deberá restablecer el servicio en su totalidad y en las mismas condiciones previas a la suspensión, dentro de las 24 horas hábiles siguientes.
El proveedor podrá aplicar un cargo por reconexión, el cual deberá ser razonable y previamente informado al usuario de manera clara y destacada en el contrato de adhesión. Se presumirá irrazonable todo cargo que exceda el 10 % de la tarifa básica mensual del servicio reconectado.
El incumplimiento de las disposiciones de esta ley será sancionado por la autoridad de aplicación, conforme a lo establecido en la legislación vigente en materia de protección al consumidor, según indica el proyecto.