Reabren caso Bataglia y ordenan que la Fiscalía profundice la investigación en el IPS
La decisión fue adoptada por mayoría y revoca la resolución dictada el 18 de agosto de 2025 por el juez Humberto Otazú, quien había admitido el pedido de desestimación formulado por la Fiscalía y luego ratificado por la fiscala adjunta Soledad Machuca. El fallo del tribunal consideró que el cierre anticipado de la causa fue prematuro y que no se agotaron las diligencias necesarias para esclarecer los hechos denunciados.
Según el análisis de las camaristas Claudia Criscioni y Silvana Luraghi, la Fiscalía basó su decisión casi exclusivamente en el informe de la Contraloría General de la República y en el dictamen de un perito, sin evaluar otras pruebas disponibles ni las medidas de investigación aún pendientes. Entre estas diligencias se encuentran auditorías internas y externas que no habían concluido, así como la recolección directa de documentos y datos dentro del propio Instituto de Previsión Social.
El tribunal señaló que, si bien el peritaje sostuvo que no se logró comprobar de manera concluyente un perjuicio patrimonial, esa conclusión no resulta suficiente para descartar la existencia de un daño, especialmente cuando se trata del patrimonio de una institución pública que administra fondos de miles de asegurados. En ese sentido, las magistradas cuestionaron que la Fiscalía no haya desarrollado ni explicado las teorías jurídicas del patrimonio aplicables al caso, lo que, a su criterio, debió ser objeto de una investigación más profunda.
Para la mayoría, el reclamo central de la víctima apunta a la falta de una investigación acorde a la magnitud de los hechos denunciados, que involucran recursos destinados al sistema de salud y previsión social. Además, advirtieron una vulneración al derecho de participación de la parte denunciante dentro del proceso penal, al no haberse considerado adecuadamente sus planteamientos.
En disidencia, el camarista Gustavo Amarilla sostuvo que el juez actuó conforme a las reglas del sistema acusatorio, al resolver de acuerdo con la postura final del Ministerio Público, como titular exclusivo de la acción penal. A su criterio, una vez ratificada la desestimación por la máxima instancia fiscal, el órgano jurisdiccional no podía apartarse de esa decisión.
Pese a esta postura, el voto mayoritario resolvió revocar la desestimación y remitir nuevamente el expediente al Ministerio Público, con la instrucción de que se agoten todas las líneas de investigación antes de adoptar una decisión definitiva sobre el futuro de la causa.