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Impugnan decisión del PLRA que reduce la presencia femenina en listas municipales

Una presentación judicial busca dejar sin efecto la resolución adoptada por la Convención Nacional Extraordinaria del Partido Liberal Radical Auténtico, que a fines de diciembre modificó su estatuto interno y eliminó la paridad entre hombres y mujeres en las listas para cargos municipales.

31 Diciembre de 2025
31 Diciembre de 2025
Impugnan decisión del PLRA que reduce la presencia femenina en listas municipales

El planteamiento fue promovido ante la Justicia Electoral por dirigentes y precandidatas liberales, quienes consideran que la medida constituye un retroceso en materia de derechos políticos y vulnera principios constitucionales y democráticos.

La acción fue impulsada por representantes del Movimiento Coherencia Liberal y recayó sobre la reforma aprobada el 21 de diciembre de 2025, cuando la mayoría de los convencionales del Partido Liberal Radical Auténtico resolvió adecuar el estatuto partidario al piso mínimo establecido en el Código Electoral, reduciendo la participación femenina obligatoria al 20%. Hasta ese momento, el partido aplicaba el criterio de paridad en la conformación de listas.

Según los antecedentes del caso, la presentación sostiene que la decisión se adoptó con irregularidades procedimentales y pretende aplicarse a un proceso electoral ya en marcha, lo que —a criterio de las accionantes— viola el principio de irretroactividad y afecta derechos adquiridos y expectativas legítimas de mujeres que ya se encontraban en carrera política de cara a las municipales de 2026.

La modificación estatutaria alcanzó artículos clave vinculados a cargos plurinominales y fue el único punto tratado en la convención. Tras la votación, el presidente del partido, Hugo Fleitas, dio por finalizada la sesión y defendió públicamente la reforma, argumentando que el objetivo fue armonizar las normas internas con la legislación electoral vigente. En ese mismo marco, también se anunciaron cambios en la integración de los comités partidarios y se ratificó la meta política de conquistar un centenar de intendencias en los próximos comicios.

Las impulsoras de la acción remarcan que la paridad no puede ser considerada una concesión circunstancial, sino una garantía de igualdad sustantiva y una herramienta esencial para la calidad democrática. En su escrito advierten que permitir la aplicación inmediata de la reforma podría generar confusión en el electorado y daños institucionales difíciles de revertir, por lo que solicitaron además una medida cautelar que suspenda sus efectos hasta que exista un pronunciamiento de fondo.

El planteamiento judicial también invoca estándares nacionales e internacionales sobre no regresividad de derechos políticos y participación de las mujeres, y subraya que la reducción de la representación femenina contradice criterios ya consolidados en la jurisprudencia electoral. En ese sentido, las accionantes no descartan acudir a instancias internacionales si consideran que no existe una tutela efectiva en el ámbito interno.

Finalmente, las promotoras del reclamo llamaron a la ciudadanía y a los medios a seguir de cerca el proceso, al sostener que lo que se discute trasciende una interna partidaria y pone en juego principios básicos de igualdad, inclusión y democracia dentro de las organizaciones políticas.

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