El Senado analiza un proyecto de ley que introduce el mecanismo de divorcio exprés, con la intención de simplificar y abaratar el proceso de disolución matrimonial en casos de mutuo consentimiento. La propuesta apunta a que, una vez cumplidos ciertos requisitos, la sentencia pueda emitirse en apenas tres días, con tasas judiciales eliminadas para los cónyuges involucrados.
Según la iniciativa, la norma modificaría el artículo 5 de la Ley N.º 45/91, que rige actualmente el divorcio vincular en Paraguay, y mantendría como requisito mínimo el tiempo de un año de matrimonio antes de poder solicitar la separación legal. También obliga a la comparecencia personal de ambas partes ante el juez, previo intento de reconciliación, y a la realización de una audiencia de ratificación en un plazo de entre 30 y 60 días.
Cambios más significativos
Uno de los cambios más significativos es que el divorcio exprés tendría costo cero para los demandantes: las costas judiciales no serían impuestas, buscando así facilitar el acceso al derecho para personas con recursos limitados. Si las partes manifestaran su decisión firme tras los trámites iniciales, el juez debe dictar la sentencia en el plazo máximo de tres días.
La reforma fue propuesta por un grupo de legisladores de distintos partidos, entre ellos las senadoras Lilian Samaniego, Esperanza Martínez y Blanca Ovelar, además de los senadores Arnaldo Samaniego, Ignacio Iramain, José Oviedo, Eduardo Nakayama y Natalicio Chase.
Como contrapunto de la iniciativa, algunos críticos advierten que la agilidad no debe comprometer salvaguardas mínimas, sobre todo en casos con bienes comunes, hijos menores o donde existan posibles abusos. También señalan que será clave la reglamentación del proyecto, para garantizar que los derechos de las partes no queden expuestos.