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Diputados recorta proyecto contra la mafia de pagarés y elimina compensación a víctimas

La Cámara de Diputados aprobó una versión modificada del proyecto de ley que busca obligar a la devolución de pagarés una vez canceladas las deudas, en medio de las denuncias por la denominada "mafia de los pagarés". Sin embargo, durante el tratamiento fueron eliminados varios puntos considerados claves por sectores que impulsaban una mayor protección para los afectados.

27 Mayo de 2026
27 Mayo de 2026
Sede del Poder Legislativo - Congreso Nacional.
Sede del Poder Legislativo - Congreso Nacional. Web.

Con los cambios introducidos por los diputados, el documento deberá regresar al Senado para su estudio en tercer trámite legislativo. Uno de los aspectos más cuestionados fue la eliminación de mecanismos que permitían a las víctimas reclamar judicialmente daños y perjuicios en caso de retención indebida de los títulos.

La iniciativa tiene como objetivo principal establecer la obligación de que quien posea un pagaré entregue el documento al deudor inmediatamente después de verificarse el pago total de la obligación. La propuesta surgió luego de numerosos casos denunciados por ciudadanos que afirmaban haber seguido siendo perseguidos judicialmente pese a haber cancelado sus compromisos económicos.

Durante el debate parlamentario se modificaron por completo los primeros artículos del proyecto original aprobado previamente en la Cámara Alta. En la nueva versión desapareció el plazo específico de cinco días hábiles que obligaba al acreedor a devolver el pagaré tras el pago de la deuda.

La redacción aprobada establece únicamente que el portador del título deberá devolverlo al deudor una vez cumplida la obligación cambiaria y dejar constancia del pago efectuado sobre el mismo documento, conforme a lo previsto en el Código Civil y otras normativas complementarias.

También fue eliminado el apartado que definía el alcance general de la ley para todas las personas físicas y jurídicas involucradas en la emisión, recepción o administración de pagarés dentro del país.

Otro de los puntos incorporados en la nueva versión señala que la devolución del pagaré debe producirse de manera simultánea al pago total de la deuda. Además, se establece que la posesión del documento por parte del deudor hará presumir que la obligación ya fue cancelada, salvo prueba en contrario.

En los casos de extravío o pérdida del pagaré, el proyecto dispone que quien no tenga el título carecerá de legitimación para exigir el cobro de la obligación, conforme a las reglas generales establecidas para los títulos de crédito.

Respecto a las sanciones, Diputados mantuvo la posibilidad de aplicar multas administrativas equivalentes al 20% del monto adeudado a quienes retengan indebidamente los pagarés. La autoridad encargada de aplicar esas sanciones sería la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario, previa denuncia del afectado y sustanciación del procedimiento correspondiente.

No obstante, uno de los cambios más relevantes fue la supresión del artículo que habilitaba a las víctimas a iniciar un juicio sumario para acreditar el pago y exigir la devolución del documento. Asimismo, quedó fuera la posibilidad de reclamar indemnizaciones por daños y perjuicios ocasionados por la retención indebida de los títulos.

Pese a las modificaciones, los diputados mantuvieron el artículo que declara irrenunciables las disposiciones de la futura ley, con el objetivo de impedir que las partes puedan dejarla sin efecto mediante cláusulas contractuales privadas.

El proyecto forma parte de una serie de intentos legislativos para frenar prácticas denunciadas en los últimos años, en las que ciudadanos afirmaron haber sido sometidos a cobros judiciales múltiples o irregulares mediante el uso de pagarés ya cancelados o retenidos por acreedores.

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