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Diputados analizarán la nueva ley de arbitraje que busca modernizar el sistema paraguayo

El proyecto del Poder Ejecutivo, ya aprobado por el Senado, plantea reemplazar la Ley 1879/02 con un marco legal actualizado que amplía materias arbitrables, limita la injerencia judicial y busca posicionar a Paraguay como centro regional de arbitraje.

29 Septiembre de 2025
29 Septiembre de 2025
Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.
Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. Foto: Gentileza.

La Cámara de Diputados analizará este martes en su sesión ordinaria el proyecto de ley "De Arbitraje", que ya cuenta con media sanción de la Cámara de Senadores, una iniciativa del Poder Ejecutivo que busca modernizar, integralmente, el régimen arbitral paraguayo tras más de dos décadas de vigencia de la actual normativa.

El proyecto propone reemplazar la Ley N° 1879/02 "De Arbitraje y Mediación" con un nuevo marco legal que se adapte a los estándares internacionales actuales. Según la exposición de motivos, la norma vigente presenta "varios defectos importantes" que han limitado el desarrollo del arbitraje en Paraguay y han generado "intervencionismo judicial injustificado".

La iniciativa se basa en tres pilares fundamentales: modernización de los criterios legales; protección adecuada de la actividad arbitral; y optimización de la relación entre el Poder Judicial y el arbitraje. El texto incorpora experiencias de países como España, Perú, Argentina, Colombia y Uruguay.

Según la exposición de motivos, entre los cambios más significativos se destaca la ampliación de las materias arbitrables. En ese sentido señala que el proyecto elimina la restricción relacionada con la intervención del Ministerio Público y permite el "arbitraje sucesorio", donde los herederos podrían resolver disputas hereditarias por esta vía.

La nueva ley también expande el "arbitraje mixto", permitiendo que más entidades estatales —como sociedades con participación accionaria del Estado, gobernaciones y universidades nacionales— puedan someter controversias a arbitraje con particulares.

Otra innovación importante es la figura de "extensión del acuerdo de arbitraje a partes no signatarias", que permitirá incluir en el proceso arbitral a personas que, sin haber firmado el acuerdo, participaron activamente en la negociación o se beneficiaron del contrato.

El proyecto consagra, por otro lado, el principio "pro arbitrato", estableciendo que en caso de duda debe favorecerse la vigencia del arbitraje. Además, prohíbe, expresamente, cualquier intervención judicial no autorizada y califica como "mal desempeño de funciones" las actuaciones judiciales que vulneren la independencia arbitral.

Moderniza, igualmente, el régimen de medidas cautelares, ampliando las facultades de los árbitros y estableciendo mayor cooperación judicial. Los laudos nacionales tendrían ejecución directa, similar a las sentencias judiciales, mientras que los extranjeros requerirían reconocimiento previo, según el documento. 

Una disposición innovadora otorga ventajas migratorias a árbitros extranjeros designados en arbitrajes con sede en Paraguay, incluyendo residencia temporal automática y gratuidad en visas, buscando posicionar al país como centro de arbitraje regional.

La exposición de motivos argumenta que el arbitraje moderno se ha convertido en "el medio por excelencia de resolución de disputas del sector privado" y que un marco normativo adecuado resulta "imprescindible para la atracción de inversiones". Se encuentra en su segundo trámite constitucional.

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