La Secretaria Nacional de los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (Senadis), recuerda a la ciudadanía la vigencia de la Ley n.º 6556/2020, que establece la exoneración del pasaje de transporte público a las personas con discapacidad.
La normativa señala que para acceder al beneficio, Senadis deberá acreditar un certificado de discapacidad al usuario.
El usuario para facilidad y practicidad accederá a un carnet de color naranja (perfil general) o un carnet azul (discapacidad visual), como documento equivalente, en donde deberán figurar los datos y la fotografía del usuario, con el logo oficial y la firma de la ministra de la Senadis.
En caso de incumplimiento de la ley, los empresarios y conductores serán sancionados por el Viceministerio del Transporte.