Rutas: anuncian fuertes controles durante Semana Santa
La Patrulla Caminera comunicó que apresta toda su fuerza operativa para el Plan Operativo de Semana Santa que entrará a regir desde mañana domingo 28 de marzo al Domingo 4 de abril del corriente año.
Todo lo actuado por la fuerza rectora del tránsito se enmarca estrictamente dentro de los puntos resueltos por el Decreto presidencial 5053/2021 que limita la circulación de personas y de 05:00 a 20:00, para desplazamientos mínimos e indispensables.
No obstante, se procederá a los controles en ruta para prevenir alcoholizados al volante y cualquier otra maniobra que pongan en riesgo de vida a los usuarios de las vías. Cabe mencionar la prohibición de transporte de personas en camiones, carrocerías de camionetas y cualquier tipo de vehículo no habilitados para el efecto. También se realizará un estricto control de las documentaciones.
Para el Plan Operativo de Semana Santa la Patrulla Caminera dispondrá de 513 inspectores munidos de los elementos tecnológicos de trabajo. Así mismo se dispondrá de todo el parque automotor entre camionetas, automóviles y motocicletas de patrulla, camiones plataformas y ómnibus.
Los Inspectores Nacionales de acuerdo a la afluencia de vehículos realizarán las tareas de regulación respectiva, si la situación lo amerita como cada año.
Desde la institución instaron a la población a la estricta observancia del Decreto Presidencial 5053 para evitar el rebrote masivo del virus Covid-19.
Militares y policías también controlarán
El ministro de Defensa Nacional, Bernardino Soto Estigarribia, manifestó que las fuerzas militares del país saldrán a las calles desde las 00:00 del sábado 27 de marzo para acompañar los controles de vehículos y personas durante la cuarentena estricta.
El general en situación de retiro expresó que las fuerzas castrenses se sumarán a los agentes policiales en las diferentes barreras de control y tareas de patrullaje por las principales calles, avenidas y rutas de las zonas denominadas como rojas por el Ministerio de Salud, en cuanto a la pandemia del COVID-19.
Los desplazamientos en la vía pública se podrán realizar entre las 05:00 y las 20:00 solamente para actividades indispensables para adquisición de alimentos, medicamentos y otras actividades permitidas por el decreto. El domingo 4 de abril fenece la vigencia del documento, fecha en que se analizará la continuidad de las medidas o el retorno a unas más flexibles.