La jueza Rosarito Montanía resolvió mantener la sanción en contra de Gianina García Troche, impuesta tras actos de "mal comportamiento" en el penal militar de Viñas Cué, donde cumple prisión preventiva.
La pena consistió en prohibirle recibir visitas de familiares por cinco días corridos, como consecuencia de comportamientos que incluyeron la destrucción de cámaras de seguridad del establecimiento penitenciario y amenazas de autoeliminación, exigiendo atención médica especializada.
En su resolución, la jueza Montanía consideró que el recurso de nulidad presentado por la defensa no era la vía adecuada para impugnar la sanción, y por ende lo rechazó sin necesidad de un nuevo examen de fondo, ratificando la medida disciplinaria.
La defensa de García Troche había cuestionado la arbitrariedad de la decisión, alegando falta de motivación, inexistencia de informes de mala conducta y ausencia de audiencia previa. Sin embargo, esas objeciones no prosperaron ante la magistrada.
El caso —parte del proceso penal que enfrenta la mujer por presunto lavado de dinero vinculado al narcotráfico en la causa conocida como Caso A Ultranza — sigue bajo custodia en Viñas Cué, y esta sanción supone un nuevo capítulo en su régimen de detención.