El juez de Delitos Económicos, Rodrigo Estigarribia, resolvió rechazar la acción de amparo promovida por las aspirantes, quienes denunciaron haber sido excluidas del proceso de admisión pese a cumplir con todos los requisitos exigidos.
Las postulantes cuestionaban la decisión de la Policía Nacional que estableció cupos diferenciados por género, lo que derivó en la exclusión de varias aspirantes, aun cuando superaron las pruebas académicas, físicas y psicológicas.
En su resolución, el magistrado sostuvo que el amparo no es la vía adecuada para impugnar decisiones administrativas de este tipo, y señaló que existen otros mecanismos judiciales, como el proceso contencioso-administrativo, para cuestionar la legalidad de la medida.

Asimismo, el fallo indicó que no se comprobó una actuación "manifiestamente ilegal" por parte de la institución policial, ya que el sistema de cupos había sido establecido previamente mediante resoluciones internas.
El caso generó controversia debido a que el proceso de admisión contemplaba alrededor de 1.000 plazas para mujeres frente a unas 4.000 para hombres, lo que suscitó cuestionamientos sobre la equidad en el acceso a la formación policial.
Pese al revés judicial, las representantes legales de las aspirantes anunciaron que apelarán la decisión, insistiendo en que el sistema vulnera el principio de igualdad y que el ingreso debería regirse exclusivamente por mérito y rendimiento.