¿En qué casos un elector puede ingresar acompañados al cuarto oscuro?

¿En qué casos un elector puede ingresar acompañados al cuarto oscuro?

Carlos María Ljubetic, director de Procesos Electorales del Tribunal Superior de Justicia Electoral, explicó que la Ley permite que un elector ingrese acompañado al cuarto oscuro con una persona de su confianza en caso de que tenga algún impedimento físico para marcar.

La categorización del impedimento queda a criterio de los miembros de mesa. Por otro lado, resaltó que “no es bueno” que muchas personas ingresen acompañadas.

"El fraude todavía se puede dar, la máquina de votación, si bien soluciona un problema gravísimo que era la falta de fidelidad del escrutinio, hoy imprime los votos y en las actas ya no se puede cambiar, pero todavía existe la posibilidad de entrar acompañados", indicó.

Indicó además, que el miembro de mesa, según la legislación, es la única autoridad en la mesa en la que actúa y no obedecerá órdenes de autoridad alguna, dijo con referencia a la toma de decisiones de situaciones que se pueden dar durante las elecciones en las mesas de votación.