Deudores de pensión alimenticia ya no podrán sacar su registro de conducir

12 Marzo de 2024
12 Marzo de 2024
Deudores de pensión alimenticia ya no podrán sacar su registro de conducir
Deudores de pensión alimenticia ya no podrán sacar su registro de conducir

Aquellas personas, ya sean padres o madre que adeudan la cuota de pensión alimenticia a sus hijos y que, tras la denuncia, se hayan cargado sus datos al Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam), ya no podrán acceder a sus licencias de conducir.

Si bien se trata de una práctica que la Municipalidad de Asunción la puso en vigencia desde el año pasado, ahora, la medida se extendió a todos los municipios del país luego de una reunión mantenida entre autoridades de la Corte Suprema de Justicia, el Ministerio de la Niñez y la Adolescencia (Minna) y la Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal (Opaci).

Esta medida está avalada por el Art. 9 - inciso A de la Ley N.º 6506 que modifica la Ley 5415/15 “Que crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam)”, donde se establece la prohibición de la obtención de licencias y permisos de conducir a aquellas personas que se encuentren registrados en el Redam, a raíz del incumplimiento en la prestación alimentaria.

Esta medida rige tanto para hombres y mujeres, todos los que adeuden prestación alimentaria no podrán obtener su licencia, en ese sentido, la ley no hace diferencias.

El deudor alimentario moroso será declarado como tal por un juez competente, previo procedimiento breve de comunicación de la mora del deudor iniciado a instancia de parte interesada. Una vez dictada la resolución judicial, se ordenará su inclusión en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam).

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