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Corte revoca cautelar y protege el Acuífero Caacupé tras reclamo ciudadano de Atyrá

El máximo tribunal dejó sin efecto una medida que habilitaba un pozo artesiano para abastecer a un complejo inmobiliario en Ypacaraí. La comunidad celebra el fallo como un precedente histórico en defensa del agua y el medio ambiente.

24 Febrero de 2026
24 Febrero de 2026
Fallo acuífero Atyra
Fallo acuífero Atyra Gentileza.

En un fallo considerado histórico por la comunidad de Atyrá, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió revocar el Auto Interlocutorio N.º 1077 del 10 de septiembre de 2025, dictado por el Tribunal de Cuentas, Primera Sala, que había habilitado el funcionamiento de un pozo artesiano profundo para abastecer de agua a un emprendimiento inmobiliario en Ypacaraí.

La resolución hace lugar a la apelación presentada por el abogado Eugenio Giménez Torres, en representación de la Municipalidad de Atyrá, y deja sin efecto la medida cautelar que beneficiaba a la firma Petrohue Real Estate S.A., vinculada al proyecto Highlands Lagoon Lifestyle.

Según explicó el asesor jurídico de la Comisión Vecinal Defensa del Agua de Atyrá, Víctor Samaniego, el fallo se sustenta en el principio de que ningún barrio cerrado puede estar por encima de los derechos de una comunidad, especialmente cuando se trata del acceso al agua potable.

Fallo acuífero Atyra
Fallo acuífero Atyra

Un año de resistencia

El conflicto se inició hace aproximadamente un año, cuando pobladores denunciaron la perforación de un pozo profundo con un acueducto de unos nueve kilómetros para uso exclusivo del complejo inmobiliario, que contempla hoteles y una laguna artificial de gran superficie en Ypacaraí.

De acuerdo con las denuncias, la perforación se realizó sin registro municipal y sin contar con un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) previo, requisito obligatorio para este tipo de obras, situación que incluso fue confirmada por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES).

Hace seis meses, la empresa había obtenido una medida cautelar ante el Tribunal de Cuentas que suspendía resoluciones municipales que inhabilitaban el pozo. La decisión fue resistida por la comunidad de Zanja Jhû, que llevó adelante movilizaciones, cierres de ruta y vigilias permanentes frente al lugar de perforación.

Con la nueva resolución, la Corte también impuso las costas a la parte perdidosa y evitó lo que los pobladores consideran un posible daño ecológico irreparable al Acuífero Caacupé, principal fuente de abastecimiento de agua para el departamento de Cordillera y parte de Paraguarí.

Reclamos pendientes

Pese al fallo, los vecinos sostienen que la lucha continúa.

 Exigen que la Empresa de Servicios Sanitarios del Paraguay (ERSSAN) revoque cualquier autorización que permita utilizar el pozo y su acueducto, y que el MADES rechace la licencia ambiental solicitada por la empresa, emitiendo un dictamen técnico que reconozca los riesgos hidrogeológicos.

Asimismo, plantean que se establezca una reglamentación clara que priorice el consumo humano por encima de cualquier uso comercial o privado del recurso hídrico.

Como alternativa, proponen que el emprendimiento inmobiliario sea abastecido a través de la red de la Empresa de Servicios Sanitarios del Paraguay (ESSAP) u otras fuentes reguladas, dejando de lado la explotación privada del Acuífero Caacupé.

Para la comunidad de Atyrá, el fallo marca un precedente clave en la defensa del agua como bien público y en la consolidación de la participación ciudadana en la protección del medio ambiente.

Fallo acuífero Atyra
Fallo acuífero Atyra

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