Fallo polémico

Corte habilita a frigoríficos a seguir operando en zona residencial

La decisión de dos ministros de la Corte Suprema de Justicia generó indignación entre vecinos de Tablada Nueva, quienes denuncian años de contaminación y califican el fallo como un beneficio para "los poderosos".
Vecinos de Tablada denuncian años de contaminación en plena zona residencial. Foto: Gentileza

La Corte Suprema de Justicia otorgó una medida cautelar que permite a frigoríficos seguir operando en la franja costera Norte de Asunción, pese a tratarse de una zona residencial y a los prolongados reclamos por contaminación hechos por los vecinos del barrio Tablada. La resolución, firmada por los ministros Alberto Martínez Simón y César Diesel, suspendió dos artículos de una ordenanza municipal que limitaba estas actividades.

La abogada y activista ambiental Alejandra Peralta criticó duramente la determinación judicial, asegurando que se trata de un "llamativo otorgamiento de una medida cautelar en favor de los poderosos y a costa de los vulnerables". Según señaló, la ciudadanía afectada viene alertando desde hace años sobre los impactos en la salud y la calidad de vida que generan las industrias instaladas en el área.

Peralta sostuvo que, con este fallo, los ministros Martínez Simón y Diesel "ignoraron la salud, la calidad de vida, la protección ambiental y la larga lucha de vecinos del barrio Tablada". Afirmó que los frigoríficos deberían operar exclusivamente en zonas industriales y no en espacios residenciales donde viven familias que sufren olores, ruidos y riesgos sanitarios.

Vecinos de Tablada anunciaron que seguirán movilizados y que analizan nuevas acciones legales para revertir la decisión. Aseguran que no dejarán de exigir que las empresas sean reubicadas, insistiendo en que la Municipalidad y las autoridades ambientales han ratificado en varias ocasiones que la actividad industrial pesada no corresponde a la zona.

Organizaciones civiles y colectivos ambientales también expresaron su preocupación por el precedente que sienta el fallo, al considerar que debilita las normativas municipales destinadas a ordenar el territorio y proteger a comunidades vulnerables.