NacionalesCaso sobre accidente fatal

Cámara excluye al padre de una de las víctimas que querelló a Sanabria Vierci

Según el argumento del fallo, conforme al derecho civil, los primeros en ser llamados a heredar son los descendientes (hijos) y que, en el caso, la hija menor es quien se halla llamada a heredar, si hubiere bienes de la víctima fatal.

14 Junio de 2025
14 Junio de 2025
Accidente de tránsito fatal provocado por Sanabria Vierci en la ruta Luque-Samber.
Accidente de tránsito fatal provocado por Sanabria Vierci en la ruta Luque-Samber.

La Cámara de Apelación de Cordillera excluyó del proceso al padre de una de las víctimas que estaba como querellante en la causa contra el empresario Eugenio Sanabria Vierci, acusado por el homicidio culposo de cuatro personas tras el terrible accidente de tránsito en la ruta Luque-San Bernardino. El Tribunal hizo lugar a la apelación de la defensa y dejó sin efecto la decisión del juzgado.

El argumento del fallo es que, conforme al derecho civil, los primeros en ser llamados a heredar son los descendientes (hijos) y que, en el caso, la hija menor es quien se halla llamada a heredar, si hubiere bienes de la víctima fatal, y, por ende, quien posee legitimación para ser representada mediante una querella.

"La excepción de falta de acción planteada debe prosperar, pues quien pretende intervenir como parte querellante es ascendiente de la víctima directa (padre del fallecido), debiendo ser un descendiente, primeramente, lo cual, según versión de las partes, existe (hija menor de la víctima fatal); y, aun cuando se afirme que la citada menor se hallaría fuera del país, ello no es óbice y no puede dejar sin efecto la ley paraguaya", señalan los camaristas.

Recientemente, tanto la Fiscalía como la querella presentaron acusación contra Sanabria Vierci y solicitaron que vaya a juicio oral. Le atribuyen los hechos punibles de homicidio culposo y exposición al peligro en el tránsito terrestre.

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