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Anuario: Unión Europea alertó a Paraguay sobre “fake news” en elecciones

Gabriel Mato, jefe la misión de observadores electorales de la UE. Foto: Gentileza.

Gabriel Mato, jefe la misión de observadores electorales de la UE. Foto: Gentileza.

Este 2023 fue marcada por un año electoral en el país, la Misión de Observación Electoral de la Unión Europea alertó sobre su preocupación en su informe final de las elecciones generales sobre noticias falsas que se manejaron durante el desarrollo del proceso electoral.

En esta nota podemos recordar acerca de lo que fue su informe y sobre la alerta señalada por estos observadores. Además, presentaron una lista de 20 recomendaciones, en las cuales incluyen algunas sugerencias de cambios legales en el marco jurídico de la legislación paraguaya.

El eurodiputado español Gabriel Mato, jefe de la Misión de Observación Electoral de la Unión Europea, señaló que en las elecciones en Paraguay no se visualizó fraude alguno. Sin embargo, alertó que una de las perspectivas preocupantes es el que hace relación a las fake news (informaciones falsas) que saltan durante las elecciones generales.

“Vemos con preocupación las noticias falsas. Aquí las campañas no son solo en medios tradicionales. Las campañas en redes sociales tienen elementos positivos y negativos, como la desinformación”, señaló Mato en comunicación con la 1080 AM.

Recalcó que el proceso electoral en nuestro país tiene como balance positivo el hecho de que no se verificaron elementos que pudieran significar fraude.

“Hay un largo tiempo para las próximas elecciones (municipales) para que reflexionen sobre las recomendaciones y encontrar mejoras al proceso electoral”, concluyó.

La MOE-UE entregó unas 20 recomendaciones a las autoridades tras evaluar las elecciones generales del pasado 30 de abril. En dicho informe se establecen varios ítems que mencionan el contexto, recomendaciones y la sugerencia en el marco jurídico. Respecto a este último punto refiere lo siguiente:

Marco legal

Reforma de las leyes electorales: Una de las primeras recomendaciones habla sobre una revisión exhaustiva del marco jurídico electoral para abordar la ambigüedad e incoherencia de algunas disposiciones legales y adaptar la ley al nuevo sistema electoral y al uso de la tecnología electoral.

Revisión de las disposiciones constitucionales: En la segunda recomendación, en la sugerencia en el marco jurídico, piden garantizar que los efectos de las sentencias que declaran la inconstitucionalidad de disposiciones legales, como el caso de la publicación de encuestas de opinión y sondeo a pie de urna, sean aplicables a todos los ciudadanos y personas jurídicas (erga omnes) y no solo a las partes que presentan la demanda (interpartes), garantizando así la igualdad ante la ley.

Financiamiento de campañas

Reforma del Código Electoral (ley 834/): En este ítem recomiendan considerar el desembolso de un subsidio electoral a los partidos políticos antes de la campaña electoral, basado en criterios objetivos y razonables para mejorar la igualdad de condiciones entre los contendientes y reducir las oportunidades de financiamiento procedente de fuentes ilícitas.

Medios de comunicación

Código Penal: Despenalizar la difamación en favor de leyes civiles, en línea con los estándares internacionales sobre libertad de expresión y medios de comunicación, también en el contexto electoral.

Dificultades para periodistas a la hora de informar: Aprobar el proyecto de ley de 2023 sobre protección de periodistas y defensores de DD. HH., tal y como lo redactó la Comisión de Derechos Humanos del Senado.

Redes sociales

Propaganda electoral en redes sociales: Incluir las páginas oficiales en redes sociales de candidatos y organizaciones políticas en la lista de medios de comunicación en el Código Electoral (ley 834/96), estableciendo los parámetros del silencio electoral.

Jornada electoral

Reforma del Código Electoral (ley 834/96): Revisar las condiciones del voto asistido para prohibir la ayuda de los apoderados y veedores de los partidos y de los miembros de las mesas receptoras de voto, y registrar los casos de voto asistido en las actas de las mesas receptoras de voto.

Reforma del Código Electoral (ley 834/96): Considerar la capacitación obligatoria impartida por la administración electoral a los miembros de las mesas receptoras de voto.

Reforma del Código Electoral (ley 834/96): Considerar la posibilidad de aumentar el número de locales de votación, especialmente en las zonas rurales y remotas, para hacerlos más accesibles a los votantes.

Incluir una disposición en las leyes electorales: Debería desalentarse el transporte de votantes durante la jornada electoral por parte de los partidos políticos. El Estado podría considerar la posibilidad de facilitar el transporte público durante la jornada electoral.

Observación electoral

Adoptar legislación: Considerar la aprobación de una ley de observación electoral nacional que contenga los derechos y obligaciones de los observadores y promueva su participación en el proceso electoral.

Reclamaciones y recursos

Revisar la ley del TSJE (ley 635/95): Revisar el sistema de reclamaciones y recursos con el fin de proporcionar un remedio eficaz y oportuno a las partes perjudicadas, incluido el tipo de acción para una revisión/recurso judicial.

Código Penal y Código Electoral: Revisar las penas por delitos electorales para garantizar la proporcionalidad de las condenas con los delitos cometidos.

Participación de mujeres

Adopción de legislación complementaria: Para promover la participación igualitaria de las mujeres en la vida política y pública, es importante hacer efectivo el principio establecido por el artículo 48 de la Constitución. Esto podría incluir la adopción de disposiciones específicas para la participación política efectiva de las mujeres.

Participación de pueblos indígenas

Campañas permanentes de educación electoral y cívica: La unidad especializada del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) para los pueblos indígenas podría reforzarse para promover eficazmente sus derechos electorales.

Todas estas sugerencias de cambio en el marco jurídico de la legislación paraguaya deben ser impulsadas por el Congreso Nacional a fin de ir mejorando en los procesos electorales. Podés acceder al documento ingresando a este link.

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