Stimson: "Sistema de puntuación del CM es una falacia, una hipocresía"

Stimson: "Sistema de puntuación del CM es una falacia, una hipocresía"

El país se encuentra en un año electoral en el que se definen quiénes ocuparán vacancias de importantes cargos públicos de directa injerencia en el bienestar de la población. La expectativa que se mantiene alrededor de la falta de definición de la terna para ministro de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) es grande, pero esta no muestra señales positivas de concreción debido a la insistencia de los miembros del Consejo de la Magistratura en elegir a sus candidatos de preferencia. Los intereses políticos y personales de por medio, emplazan el acuerdo que se necesita para terminar de elegir a los últimos ternados.

El abogado y máster en leyes Theodore Stimson brindó un análisis a El Nacional y refirió que el proceso de selección de ministro refleja el momento político transicional que vive el país, una estabilidad originada en la próxima sucesión de mando y también en eventos externos que impactan en la fuerza relativa de las élites.

"La Corte Suprema es un poder político, es el custodio de la Constitución y de la voluntad de la ley por encima de la voluntad de los hombres. La voluntad de la ley se supone deriva de los anhelos de justicia de la comunidad política pero la voluntad de los hombres generalmente responde a la necesidad de precautelar intereses propios, anticiparse a miedos o amenazas, y conservar el prestigio y el poder, que puede estar en conflicto con los intereses del colectivo político", consideró.

En ese sentido, el profesional mencionó que el diseño constitucional para la selección de los miembros de la Corte está inspirado en la necesidad de preservar la independencia del poder judicial, de no concentrar en un solo poder o actor político la definición de la nominación para forzar la negociación y el consenso, fundamental en democracia.

"De allí que en momento transicional e inestable, haya tensión institucional. El espacio abandonado por el ministro recientemente jubilado evidentemente no quedará reservado para el favorito de quienes lo respaldaron hasta su jubilación, sino otro con un perfil distinto, un candidato que conjugue idoneidad con confianza en más de un sector político", comentó.

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Idoneidad y méritos

Consultado sobre cuál resulta el factor determinante para que un miembro del Consejo de la Magistratura se incline hacia uno u otro candidato, Stimson afirmó que la idoneidad, méritos y aptitudes de los aspirantes resultan un punto de partda muy preliminar para conformar la terna.

Agregó que el punto muerto lo tendrá que resolver un equilibrio o consenso político no regresivo. "El momento político está exigiendo una actualización para llenar el espacio dejado con la vacancia", reiteró.

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Inteligencia y temperamento para garantizar la CN

En otra parte de la entrevista, Stimson señaló que uno de los problemas del proceso de selección es que posee un sistema de puntajes que no mide la idoneidad y aptitudes políticas de los candidatos. "Es una parodia, una hipocresía. Acá no se trata de entregar una medalla de oro u otorgar un grammy", sentenció.

En esa misma línea, el experto sostuvo que la Constitución, un instrumento de organización de poder político, exige idoneidad, aptitudes y méritos para ministro de corte, que implica custodiar la Ley Suprema, interpretarla, defenderla ante asaltos autoritarios o crisis políticas, "y estas puntuaciones del Consejo son engañosas porque no pueden medir el temperamento o carácter que el cargo exige", según estimó.

"En los Estados Unidos, Thomas Jefferson tuvo a un ministro de Corte, Samuel Chase, quien le dictaba fallos en defensa de la Constitución y entonces Jefferson le inició un juicio político y Chase fue salvado por el Senado porque el este entendió que era indispensable para mantener la independencia del poder judicial frenar a Jefferson. El presidente Franklin Roosevelt tuvo varios reveses constitucionales con su legislación del New Deal y entonces en 1937 pretendió mediante una ley de reforma de la Corte ampliar la cantidad de miembros y jubilar a los mayores de 70 años, para renovarla a su medida, pero el Senado lo detuvo. La idoneidad de un miembro de la corte no la miden los puntajes, sino su inteligencia y temperamento para garantizar la vigencia de la Constitución y la libertad", concluyó.

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