La Comisión de Ciencias, Tecnología, Innovación y Futuro, que preside el senador José Oviedo, analizó en su reunión ordinaria varias propuestas legislativas que contemplaba el orden del día. Entre ellas resalta el estudio del proyecto de Ley "Que obliga la vinculación de la identidad electrónica en las Empresas de Aplicaciones de Transporte (EAT)”.
La citada propuesta legislativa fue presentada por los senadores José Oviedo y Patrick Kemper, quienes sostienen en la exposición de motivos que el proyecto tiene como objetivo primordial garantizar la protección y la seguridad de los usuarios de plataformas de transporte, al establecer la obligatoriedad de vincular la identidad electrónica, proporcionada por el Estado, a dichos servicios.
Al promover la autenticación y la verificación de la identidad de conductores y pasajeros, aspiran a construir un entorno más seguro, confiable y transparente para el transporte urbano del siglo XXI.
Cabe mencionar los aspectos importantes del proyecto, donde en su artículo 1° establece la obligatoriedad de la vinculación de identidad electrónica de los conductores y usuarios en las Empresas de Aplicaciones de Transporte (EAT), en concordancia con la Ley N.º 7177/2023 “De validez del formato digital de los documentos de portación obligatoria”.
En tanto que, el artículo 3° plantea que las EAT deben proveer al Ministerio de Tecnología de la Información y Comunicación (Mitic) todos los medios tecnológicos para la vinculación efectiva de la identidad electrónica de los conductores y usuarios de sus plataformas.
Con relación al artículo 6° se habla de la autoridad de aplicación y reglamentación que queda a cargo del Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación (MITIC), que debe reglamentar en un máximo de 60 (sesenta) días, en coordinación con el Viceministerio de Transporte dependiente del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (VMT/MOPC).
Igualmente, el proyecto propone sanciones en su artículo 9° en caso de incumplimiento por parte de las EAT:
El Mitic aplicará una multa de hasta 100 (cien) jornales mínimos para actividades no especificadas de la Capital.
En caso de persistir en el incumplimiento o de reincidencia por parte de las EAT, el Mitic arbitrará los medios tecnológicos para impedir su operación en el mercado paraguayo.
Luego de estudiar el alcance del proyecto, los integrantes de esta instancia legislativa, recomendaron dictaminar en dos sentidos; en mayoría por la aprobación y en minoría por el rechazo.