La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en su 155 periodo de sesiones trató la denuncia de tortura de Jorge Luis López Sosa contra el Estado paraguayo. Se declaró la responsabilidad de Paraguay por la violación de los derechos a la integridad, la libertad, garantías judiciales, debido a las torturas a las que fue sometido, y las fallas en el proceso penal.
Según el relato de hechos alegados, esto pasó en el año 2000, cuando López Sosa era oficial inspector de la Policía Nacional y se produce su detención durante un estado de excepción en el gobierno del presidente Luis Ángel González Macchi, tras un fallido golpe de Estado organizado por alrededor de 50 militares retirados y oficiales de menor rango a favor del entonces exiliado Lino César Oviedo.
Al día siguiente, el Comisario General dispuso su traslado a la Comisaría 11 Metropolitana, donde fue despojado de su arma reglamentaria, esposado, vendado los ojos, golpeado e interrogado sobre un intento de golpe de Estado.
Días después estuvo detenido en un calabozo de la misma Comisaría, y fue transportado hasta la Infantería de Marina, donde nuevamente le interrogaron con los ojos vendados. Según la parte peticionaria, la detención de la víctima se dio durante un estado de excepción. Posteriormente denunció que fue víctima de torturas.
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