Nuevas medidas sanitarias rigen desde el martes 27 de abril al 10 de mayo

Nuevas medidas sanitarias rigen desde el martes 27 de abril al 10 de mayo

Por Decreto N° 5160 el Poder Ejecutivo establece nuevas medidas sanitarias en el marco de la pandemia por Covid-19, en regiones marcadas en nivel rojo por la alta transmisión comunitaria del virus. Las mismas estarán vigentes del 27 de abril al 10 de mayo.

Los habitantes de las ciudades en el nivel rojo solo podrán circular de 05:00 a 20:00, mientras que el resto del país podrá hacerlo de 05:00 a 23:59.

Entre las restricciones, el documento establece que los comercios podrán operar bajo cuadrillas y con ambientes bien ventilados. Igualmente se deberá fomentar la modalidad de venta por entrega a domicilio o delivery y pick up de todo tipo de productos.

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En el caso de los locales gastronómicos; tendrán que priorizar espacios abiertos o al aire libre, fomentar la modalidad delivery y pick up, asistentes sentados, sin interacción entre mesas, manteniendo una distancia de dos metros entre mesas y agendamiento previo.

Con respectos a los eventos sociales deben ser en espacios públicos y privados habilitados para tal efecto con una persona responsable del evento.

En las ciudades de nivel rojo se pueden reunir hasta 25 personas en espacios cerrados con ventilación adecuada y hasta 50 personas en espacios al aire libre. No se podrán combinar espacios abierto y cerrado. No deben duran más de 4 horas. El resto del país se puede hacer eventos con hasta 50 personas en espacios cerrados con ventilación adecuada y hasta 100 personas en espacios al aire libre.

En residencias

Con respecto a los encuentros en residencias particulares, en los distritos con alta circulación comunitaria solo está permitido con los convivientes. Mientras que para el resto del país está permitido reuniones de hasta 5 personas fuera de los convivientes, priorizando espacios abiertos o al aire libre, uso de mascarilla y con estricto cumplimiento de las medidas sanitarias.

En cuanto a las instituciones educativas; hace referencia a la implementación de la modalidad virtual o híbrida-semipresencial sujeto al protocolo y guía operativa para el retorno seguro a instituciones educativas 2021 del MEC y que cuenten con el parecer del Comité Educativo Institucional para la Gestión del Riesgo. Mientras que el caso de la educación superior, continuará bajo el régimen de educación a distancia.

Culto religioso

Las actividades de culto deben ser con dos metros de distancia entre personas, ubicación fija y designada de los asistentes, uso permanente de mascarillas. Si se dieran en espacio cerrado debe tener la ventilación adecuada.

En ciudades de nivel rojo se pueden hacer hasta 25 personas en espacio cerrado con ventilación adecuada y hasta 50 personas en espacio abierto o al aire libre. En tanto que, el resto del país puede ser hasta 75 personas en espacio cerrado con ventilación adecuada y hasta 150 en espacio abierto o al aire libre.

En lo que hace a la actividad física, en el nivel rojo, está permitida la práctica deportiva individual. Se prohíben todo tipo de competencias deportivas de entretenimiento y participación. En el resto del país, se permite la práctica deportiva colectiva de entretenimiento y participación en grupos de hasta cuatro personas por equipo.

En otro punto del decreto, señala que están habilitadas las clases grupales en academias, gimnasios, polideportivos y otros espacios cerrados, garantizando cuatro metros entre personas con agendamiento previo.

Asimismo, las actividades del sector cultural y creativo; nivel rojo hasta 25 personas en espacio cerrado con ventilación adecuada y hasta 50 personas en espacio abierto o al aire libre. En las demás zonas hasta 75 personas en espacio cerrado con ventilación adecuada y hasta 150 personas en espacio abierto o al aire libre.

Localidades en alerta roja

Las ciudades que se encuentran en el Nivel Rojo de la transmisión comunitaria del Covid-19 son Ciudad del Este, Asunción, Loma Plata, Coronel Oviedo, San José de los Arroyos, Caazapá, Curuguaty, Areguá, Capiatá, Fernando de la Mora, Guarambaré, Itá, Itauguá.

Le siguen J. Augusto, Atyrá, Obligado, Saldivar, Caacupé, Yatyty, Lambaré, Emboscada, Ayolas, Limpio, Eusebio Ayala, San Ignacio, Luque, Itacurubí de la Cordillera, San Juan Bautista, Mariano Roque Alonso, Cordillera, Roque Alonso, Piribebuy, Santa Rosa, Ñemby, San Bernardino, Misiones, San Antonio, Pilar, San Lorenzo, Villarrica, Carapeguá, Villa Elisa, Bella Vista, Paraguarí, Villeta, Cambyretá, Pirayú, Ypacaraí, Capitán Miranda, Yaguarón, Ypané, Ybycuí, Concepción, Encarnación, Benjamín Aceval, San Lázaro, Fram, Altos, Hohenau, Villa Hayes y Natalio.