Jueza alarmada por nulidad de orden de detención para abogado: "Es una práctica peligrosa"
Para la jueza de Garantías, Lici Sánchez, la decisión de la Cámara de Apelaciones de eximir la detención del abogado Walter Acosta, revocando así la orden de captura que había sido emitida por el juez Bernardo Silva, es una práctica muy peligrosa que podría tener consecuencias negativas en otras causas vinculadas, por ejemplo, al crimen organizado.
Walter Acosta había golpeado a una funcionaria del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) y el hecho fue grabado.
“Yo tengo experiencia y años en este tema y un armario completo de rebeldes declarados por mi juzgado, de personas que están sospechadas. Y otras acusadas por crimen organizado, lavado de dinero, terrorismo, tratas de personas, entre otras. Todas estas personas, de aplicarse una disposición legal de esta manera, no tendría ningún obstáculo legal para litigar desde donde se encuentre antes un juez”, explicó primeramente la magistrada.
Remarcó que este en este caso hay una persona con orden de captura donde nadie sabe dónde está, pero, sin embargo, tiene intervención procesal en la que es beneficiada con una medida menos gravosa a la prisión preventiva, en el marco de una causa que ha sido muy cuestionada.
“¿Será que el tribunal de apelaciones, tiene atribuciones para otorgar medidas cautelares menos gravosas o alterar el estado procesal en que se encuentra una persona y que es una atribución de un juez de primera instancia?”, se preguntó la jueza.
Indicó además que cuando alguien está a disposición del juzgado, recurre a instancia superior, esta última revoca o anula, pero es el juez el que va a imponer las medidas menos gravosas o más gravosas en su caso.
“Si este procedimiento trasladamos a las causas que yo estoy haciendo referencia, como el crimen organizado se torna difícil, porque se va a traer como antecedente este procedimiento para poder litigar sin necesidad de llegar hasta la Corte Suprema de Justicia, des la clandestinidad”, subrayó en una entrevista con la 780 AM.
Finalmente, agregó que lo más grave es que se puede dar “el caso de dictarse sentencia absolutoria o condenatorias en ausencias y es eso no permite nuestra Constitución Nacional”.