Ex diputado Rolón afirma que artículo 190 fue mal aplicado y eso viola la Constitución

8 Octubre de 2020
8 Octubre de 2020
Ex diputado Rolón afirma que artículo 190 fue mal aplicado y eso viola la Constitución
Ex diputado Rolón afirma que artículo 190 fue mal aplicado y eso viola la Constitución

El ex primer presidente del Tribunal de Ética del Cámara de Diputados, Dr. Edmundo Rolón, denunció una nueva violación de la Constitución Nacional con la suspensión de la parlamentaria liberal Celeste Amarilla

Sus opiniones fueron vertidas en su cuenta oficial de Twitter donde confirmó que el artículo 190 fue utilizado con mala intención para conseguir amordazar a la diputada.

“Nueva violación a la Constitución Nacional! La Cámara de Diputados con 47 votos; debiendo ser 2/3 o 53 de sus miembros procedió a suspender a una diputada hoy. Demás está decir que la HCD tiene tribunal de Ética y que el presidente actual violó el reglamento del mismo, la cámara y la CN”, explicó.

En otro momento destacó que fue presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales cuando se debía amonestar por inconducta a un colega; sin embargo, los votos no fueron obtenidos.

“Fui el primer presidente del Tribunal de Ética de la HCD. Tuve la desagradable situación de solicitar suspensión de 30 días a un colega y amigo personal por conducta indecorosa, no fue aprobado el dictamen del Tribunal de ética por no reunir 2/3 de votos”, dijo en el tweet.

En otro momento explicó que el titular de la Cámara de Diputados al dar ingreso o ser presentada la moción debió hacer referencia a que debe remitirse al Tribunal de Ética y aplicarse el código previsto.

“Siempre 2/3 del cuerpo para sancionar, pérdida investidura o juicio político. El problema del recluta es que se cree vivo y prueba. Esta Constitución nacional tiene 28 años y los reglamentos del Congreso; revisen cómo se trataron casos similares.? O empezamos la vida legislativa ayer.?”, sostuvo el ex parlamentario.

Finalmente explicó que el artículo 190 no reza 2/3 “de presentes “. ¨Por lo tanto si todo rige por 2/3 absoluto; es absolutos!!. En el Derecho Público lo que no está permitido está prohibido. La lógica es la inversa. Además que no se aplicó la resolución 322 prevista para estos casos”, dijo Rolón.

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