Un proyecto de ley que busca establecer límites definitivos entre los Departamentos de Misiones y Ñeembucú fue presentado en la Cámara de Diputados, mediante la modificación del artículo 3º de la Ley Nº 426, del 7 de diciembre de 1973, que regula la división política del territorio nacional. La iniciativa también define con mayor precisión los límites entre los distritos de Yabebyry, Cerrito y Laureles.
La propuesta es el resultado de un trabajo técnico desarrollado por la comisión especial creada para el estudio de los límites geográficos entre ambos departamentos, conformada a través de la Resolución de la Cámara de Diputados Nº 230/2024. El proceso contó con la participación de autoridades departamentales y municipales de las zonas involucradas, así como con el respaldo especializado de la Dirección del Servicio Geográfico Militar.
Según los proyectistas, este abordaje permitió sustentar la iniciativa sobre bases cartográficas, históricas y territoriales objetivas, con el fin de brindar seguridad jurídica y administrativa a las jurisdicciones afectadas.
El proyecto se encuentra amparado en lo dispuesto por el artículo 203 de la Constitución Nacional, relativo a la iniciativa legislativa, así como en los artículos 156 y 158, que regulan la estructura política y administrativa del Estado y la organización de los departamentos y municipios. Estas normas establecen que la creación, modificación o delimitación de entes territoriales debe realizarse por ley, atendiendo a criterios socioeconómicos, demográficos, ecológicos, culturales e históricos.
El objetivo central de la propuesta es definir con claridad los límites entre Misiones y Ñeembucú, respetando los accidentes naturales y los elementos históricos que conforman la identidad territorial de cada departamento. Los impulsores consideran necesaria la modificación de la Ley Nº 426, que si bien significó un avance en la organización territorial del país, no logró precisar de manera técnica los límites distritales y departamentales, generando conflictos e incertidumbres administrativas a lo largo del tiempo.
Cabe recordar que la primera ley de división territorial de la República data del año 1906 y que, posteriormente, se sancionaron diversas normativas sobre la materia, muchas de ellas sin delimitaciones técnicas claras, debido a las limitaciones de los métodos topográficos de la época y a la ausencia de referencias geográficas precisas en los documentos históricos.
La modificación propuesta del artículo 3º establece con mayor precisión el alcance territorial del VIII Departamento de Misiones y detalla los distritos que lo integran, entre ellos San Juan Bautista de las Misiones, Ayolas, San Ignacio Guazú, San Miguel, San Patricio, Santa María, Santa Rosa, Santiago, Villa Florida y Yabebyry.
El proyecto lleva las firmas de los diputados Fabiana Souto, Arnaldo Valdez, Diosnel Aguilera y Carlos Arrechea, y será analizado en las comisiones asesoras de Legislación y Codificación, y de Asuntos Municipales y Departamentales, antes de su tratamiento en el plenario de la Cámara de Diputados.