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Diputados avanza con la reforma de la Ley de Vida Silvestre y deja dos artículos para una próxima sesión

La Cámara de Diputados dio un nuevo paso en la actualización de la legislación sobre protección y manejo de la fauna silvestre al aprobar 11 de los 13 artículos que contempla el proyecto de modificación de la Ley N.º 96/1992 "De Vida Silvestre". Los dos artículos restantes serán estudiados en una próxima sesión extraordinaria.

14 Julio de 2026
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La propuesta, impulsada por el diputado José Rodríguez (ANR-Capital), busca modernizar la normativa vigente mediante la incorporación de nuevos criterios para la conservación, el control y el aprovechamiento sostenible de la fauna, con base en fundamentos técnicos y científicos. Durante el debate, los legisladores utilizaron como referencia el dictamen elaborado por la Comisión de Ambiente, Desarrollo Sostenible y Cambio Climático.

Rodríguez explicó que el objetivo principal de la iniciativa es adecuar la legislación a los desafíos actuales de la gestión ambiental, promoviendo un equilibrio entre la protección de la biodiversidad y el uso responsable de los recursos naturales. En ese sentido, sostuvo que la caza regulada podrá ser considerada una herramienta de manejo ambiental, siempre que esté respaldada por estudios científicos, controles estrictos y la supervisión de la autoridad competente.

El parlamentario también señaló que varias de las modificaciones incluidas en el proyecto fueron planteadas por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), como parte del proceso de fortalecimiento y actualización del marco legal relacionado con la vida silvestre.

Entre los principales cambios aprobados figura la incorporación del concepto de gestión sostenible de la fauna silvestre como eje central de la ley, estableciendo que toda actividad vinculada al manejo de especies deberá desarrollarse bajo criterios científicos que garanticen la conservación de los ecosistemas.

Asimismo, el proyecto reconoce la caza regulada como una modalidad de aprovechamiento sostenible, condicionando su autorización al cumplimiento de estudios poblacionales, requisitos técnicos y medidas destinadas a preservar las especies.

Otro de los puntos aprobados modifica el régimen para la expedición de licencias de caza. La nueva redacción establece requisitos específicos para ciudadanos paraguayos y extranjeros, determina el pago de aranceles correspondientes, contempla condiciones para menores de edad conforme a la legislación sobre armas de fuego y exige la autorización del propietario del inmueble donde se desarrollará la actividad.

La Cámara Baja dejó pendientes de análisis los artículos 40 y 56 del proyecto. Entre ellos se encuentra la disposición que regula el procedimiento para habilitar las temporadas de caza, la cual exige estudios científicos sobre las poblaciones de especies antes de autorizar esta práctica. También quedó para una próxima sesión el estudio de las normas relacionadas con la comercialización, importación y exportación de ejemplares, partes o subproductos obtenidos mediante mecanismos autorizados, bajo criterios de trazabilidad, sostenibilidad y control por parte de la autoridad competente.

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