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¿Cuáles son en realidad los cambios electorales aprobados en Diputados?

Las reformas aprobadas se centran en la fiscalización, la digitalización de los procedimientos y la simplificación de trámites administrativos, especialmente para los movimientos internos y candidatos.

11 Mayo de 2025
11 Mayo de 2025
Máquinas de votación.
Máquinas de votación. .

La Cámara de Diputados aprobó esta semana un proyecto de ley que introduce modificaciones concretas al Código Electoral paraguayo, con el objetivo de ajustar y modernizar el régimen de financiamiento de campañas políticas. 

El proyecto modifica los artículos 64 inciso a), 66 y 278 inciso b) de la Ley N° 834/1996, ya reformada anteriormente por las leyes 4743/2012 y 6167/2018. La exposición de motivos argumenta que, si bien existen mecanismos de control, estos son muchas veces excesivamente burocráticos o poco operativos, lo que ha generado dificultades en su cumplimiento por parte de las agrupaciones políticas, especialmente durante las elecciones internas.

A continuación, se detallan los principales cambios introducidos:

1. Reconocimiento anticipado de movimientos internos

Uno de los puntos clave de la reforma es la introducción de un procedimiento formal para que los movimientos internos puedan ser reconocidos antes de inscribir candidaturas. Esto permitirá que estas agrupaciones obtengan anticipadamente un identificador tributario y una cuenta bancaria, requisitos necesarios para registrar ingresos y egresos de campaña de forma legal.

2. Declaraciones obligatorias en formato digital

Se establece que tanto la Declaración de Ingresos y Gastos de Campaña (DIGC) como la Declaración de Intereses Económicos Vinculados (DIEV) deberán ser presentadas exclusivamente en formato digital. Esto busca reducir el uso de papel y facilitar la revisión por parte de los órganos de control, aunque aún queda por verse si las agrupaciones cuentan con las condiciones técnicas para cumplirlo sin inconvenientes.

3. Declaraciones individuales por cada candidato

Otra modificación significativa es que cada candidato deberá presentar su propia DIGC y DIEV, de forma individual, en lugar de realizar una declaración conjunta a través del movimiento o lista. Además, se deberá incluir información sobre sociedades o inversiones económicas personales. Este cambio apunta a una fiscalización más detallada, pero también implica una mayor carga administrativa para los postulantes.

4. Publicación obligatoria de informes

El proyecto establece que todas las declaraciones e informes deberán ser publicados en el sitio web del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) en un plazo de diez días hábiles. La medida pretende mejorar el acceso a la información pública y permitir un mayor control ciudadano sobre el financiamiento político.

5. Creación de una unidad de fiscalización

Se prevé también la creación de una unidad técnica especializada en fiscalización dentro del TSJE, encargada de verificar la veracidad de los documentos presentados por los candidatos y movimientos. Con esto se pretende institucionalizar un control más efectivo sobre los datos financieros.

6. Reglas bancarias con plazos definidos

La reforma mantiene la exigencia de que las agrupaciones abran cuentas bancarias únicas, pero ahora se incorpora un plazo máximo de 48 horas para que los bancos habiliten dichas cuentas. Si una entidad financiera se niega, deberá justificarlo por escrito. De no hacerlo, podría ser sancionada por la Superintendencia de Bancos del Banco Central del Paraguay.

7. Sanción de diez años por falsedad en las declaraciones

Una de las medidas más severas incluidas en el texto aprobado es la posibilidad de suspender por diez años la participación electoral de un candidato que haya presentado una declaración falsa de ingresos. Esta sanción no existía en la legislación anterior y representa un intento de disuadir el uso de fondos irregulares.

8. Actualización institucional

El proyecto también realiza un ajuste técnico al sustituir la mención a la extinta Subsecretaría de Estado de Tributación por la actual Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), que será el organismo encargado de emitir el identificador tributario y colaborar en las tareas de fiscalización financiera.

Aunque el diputado proyectista Hugo Meza (ANR-Cordillera) defendió la iniciativa como un intento de adaptar el Código Electoral a las nuevas necesidades administrativas y tecnológicas, su aplicación práctica dependerá de la capacidad del TSJE y otras instituciones involucradas para implementar estos cambios con recursos suficientes y criterios claros.

El proyecto ahora pasa a la Cámara de Senadores para su estudio y eventual sanción. Mientras tanto, se abre un nuevo capítulo en el debate sobre la transparencia y la rendición de cuentas en la política paraguaya.

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