La Cámara de Diputados realizará el próximo 29 de julio, de 08:00 a 12:00 horas, una audiencia pública para analizar el proyecto de ley que plantea un nuevo marco regulatorio para la fabricación, importación, almacenamiento, comercialización, tenencia y utilización de artefactos pirotécnicos y explosivos en el país.
El encuentro fue impulsado por el diputado José Rodríguez (ANR-Capital), proyectista de la iniciativa, quien explicó que la audiencia busca recoger opiniones y aportes de especialistas, instituciones públicas, organizaciones de la sociedad civil y demás sectores involucrados antes del estudio del proyecto.
La propuesta, conocida como "Ley Canela", surge ante la necesidad de actualizar la legislación vigente, que, según el legislador, resulta insuficiente para prevenir los daños ocasionados por el uso inadecuado de la pirotecnia.
Como parte de la fundamentación, Rodríguez señaló que durante las celebraciones de fin de año se registra un promedio de 60 personas atendidas por lesiones relacionadas con artefactos pirotécnicos, de las cuales cerca del 87 % son menores de edad. Agregó que el tratamiento integral de cada paciente, incluyendo cirugías, internación y rehabilitación, puede representar un costo de entre G. 400 millones y G. 500 millones para el sistema de salud.
El proyecto toma el nombre de "Ley Canela" en referencia a un caso que generó amplia conmoción social y que evidenció las consecuencias del uso irresponsable de la pirotecnia sobre los animales, además de los riesgos para las personas y el medioambiente.
La iniciativa no plantea una prohibición total de la pirotecnia, sino un esquema de regulación que diferencia la pirotecnia visual de la pirotecnia sonora, estableciendo mayores restricciones para esta última debido a su impacto en la salud, la seguridad y el bienestar animal.
Entre las principales medidas figura la prohibición de la venta callejera, ambulante o informal de artefactos pirotécnicos, permitiendo su comercialización únicamente en locales habilitados por las autoridades competentes. Asimismo, prohíbe expresamente la venta, entrega o facilitación de estos productos a personas menores de 18 años.
En cuanto a la pirotecnia sonora, el proyecto establece que solo podrá utilizarse en espectáculos previamente autorizados y ejecutados por operadores habilitados. Además, estos eventos no podrán realizarse a menos de 500 metros de hospitales, centros de salud, instituciones educativas, hogares de niños, residencias de adultos mayores y refugios de animales.
La propuesta también contempla la derogación de la Ley N.º 6.754/2021, que actualmente prohíbe la venta y suministro de pirotecnia y explosivos a niños, niñas y adolescentes, con el objetivo de reemplazarla por una normativa más amplia que regule toda la cadena de producción, comercialización y utilización de estos productos.