La normativa propone modificaciones al artículo 294 del Código Penal Paraguayo, elevando la pena base y estableciendo castigos más severos cuando los involucrados sean funcionarios públicos o personal penitenciario con deber de vigilancia.
La iniciativa plantea que quienes liberen, induzcan o apoyen la fuga de un interno podrán ser condenados con hasta cinco años de prisión, incluyendo la tentativa del acto. Pero la principal novedad se enfoca en los funcionarios penitenciarios, para quienes la pena podría oscilar entre cinco y quince años de prisión, siempre que estuvieran específicamente obligados a evitar la evasión.
El impulsor del proyecto, diputado Yamil Esgaib (ANR-Capital), explicó que la medida responde a la alarmante frecuencia de fugas facilitadas desde el exterior, muchas veces con complicidad de agentes penitenciarios. Según mencionó, organizaciones criminales suelen ofrecer incentivos económicos y logísticos a cambio de colaboración en las evasiones, lo que ha derivado en un patrón de fugas con alto nivel de planificación y peligrosidad.
El documento ahora será remitido a la Cámara de Senadores, donde continuará su trámite legislativo. La aprobación definitiva significaría un cambio importante en la lucha contra el crimen organizado en el sistema penitenciario nacional.