Aprueban cambios para mejorar representatividad del Congreso ante el JEM y el CM

Aprueban cambios para mejorar representatividad del Congreso ante el JEM y el CM

La Comisión de Asuntos Constitucionales, emitió dictamen de aprobación al proyecto de ley “Que modifica y amplía el artículo 7º de la Ley 296/94 “Que organiza el funcionamiento del Consejo de la Magistratura”. En este nuevo proyecto establecen la exigencia de la presentación de título de abogado a los designados por la Cámara del Congreso, además de la acreditación de haber ejercido la profesión, la magistratura o la docencia, de conformidad al artículo 263 de la Constitución Nacional.

“Básicamente, la propuesta hecha es que a los parlamentarios que van a representar a las Cámaras del Congreso (diputados y senadores), a ser propuestos como miembro del Consejo de la Magistratura, deberán de demostrar las exigencias requeridas por la Constitución Nacional, que entre otros puntos habla de 10 años de ejercicio de la profesión, 10 años de ejercicio de la docencia, o 10 años de ejercicio de la magistratura”, expresó el titular del bloque asesor, Roberto González, en su calidad de proyectista del documento.

Explicó que el mismo se fundamenta en la necesidad de garantizar la idoneidad y la experiencia legal en la selección y evaluación de los diferentes agentes de justicia responsables de la aplicación de las normas vigentes.

Por otro lado, y en el mismo sentido que el anterior proyecto, la comisión asesora también emitió dictamen positivo con relación al proyecto de ley “Que modifica el artículo 3º de la Ley N.º 6814/2021, Que regula el procedimiento para el enjuiciamiento y remoción de magistrados judiciales, agentes fiscales, defensores públicos y síndicos de quiebra y deroga la Ley N.º 3759/2009, Que regula el procedimiento para el enjuiciamiento y remoción de magistrados y deroga las leyes antecedentes, y sus modificatorias”.

El presidente del estamento parlamentario recordó que el presente documento de ley surgió como consecuencia de dudas sobre la obtención del título de abogado de dos de sus integrantes, que representaban a la Cámara de Senadores y a esta cámara ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.

“Para la designación de los representantes de cada cámara del Congreso, se preparará una lista de miembros con el título de Abogado en la Cámara de Senadores y en la Cámara de Diputados, quienes deberán presentar sus antecedentes académicos. Cada miembro de la Cámara que designa representante deberá votar en sesión pública por el candidato de su elección”, expresa el agregado que se pretende introducir al referido documento.