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Política

Código mariposa: sepa qué se busca desde Diputados con proyecto sobre duelo perinatal

Código Mariposa. Foto: Ilustrativa.

Código Mariposa. Foto: Ilustrativa.

En la Cámara de Diputados se presentó un proyecto de ley que establece el duelo perinatal que tiene por objetivo implementar el Código Mariposa, como una medida para concientizar y empatizar con la pérdida de un bebé. Uno de los ejes principales es establecer permisos pagados tanto para la madre y el padre de acuerdo a la edad gestacional del hijo.

“Son situaciones que hoy no se contemplan, ya que esto puede afectar de acuerdo a como fue el proceso, puede afectar físicamente, como psicológicamente. Entonces, de acuerdo a tiempo de gestación, se establece un permiso remunerado para estas situaciones”, comentó en exclusiva para El Nacional la proyectista Rocío Vallejo.

La iniciativa aún propone la realización de una audiencia pública a fin de ir estudiando en profundidad esta normativa de ley y realizar algunos ajustes en caso de ser necesario.

El documento del proyecto refiere que el Instituto Nacional de Estadística (INE) registra de manera anual entre 350 y 450 fallecimientos de menores de un año. El proyecto nació tras el pedido realizado a la legisladora de un grupo de mujeres que forman parte de esta estadística y que anhelan un trato diferente desde el Gobierno ante estos casos.

“Además, se establece la implementación en todos los hospitales o establecimientos sanitarios lo que se denomina “Código Mariposa” que es un trato digno y humanizado a estas situaciones, la entrega del bebé en una cajita adecuada, la toma de las huellas, de mostrarles a los parientes el bebé. De tener una consideración especial también a esa madre que ha perdido a su hijo y no ponerla en una misma sala con otras mamás o poner un distintivo que esa mujer ha perdido a un bebé, una serie de medidas que deberían adoptarse en todos los establecimientos públicos”, expresó la legisladora.

Permisos parentales

Otro punto que establece esta normativa es la de establecer permisos para los padres que cumplan con varios requisitos.  La intención es “para que los padres también puedan involucrarse en este rol de cuidar al recién nacido”, apuntó Vallejo.

Según el documento, este apartado refiere que todas las previsiones y garantías establecidas en la ley N° 5.508/15 se hacen extensivos en los mismos términos y en cuanto fuere procedente al padre que quede a cargo del recién nacido sin apoyo de la madre.

En ese sentido, la licencia materna se extiende al padre en caso de fallecimiento, abandono o enfermedad de la madre, el empleador del padre del niño le concederá un permiso de duración equivalente al tiempo que falta para expirar el periodo de permiso posterior al parto concedido a la madre.

En cuanto, al permiso parental compartido. Los padres podrán distribuir libremente entre sí las últimas ocho (8) semanas del permiso de la madre, siempre y cuando cumplan las condiciones y requisitos dispuestos en este artículo.

“Esto es algo que se aplica de hecho en varios países y son normativas que nosotros no tenemos, pero que esperamos que los compañeros acompañen, vamos a estar realizando audiencias públicas para poder desarrollar todos estos conceptos por parte de las personas que están con esto”, apuntó Vallejo.

Código Mariposa comprenderá de:

1) Capacitación al personal sanitario que brinda abordaje en los casos de muertes gestacionales y neonatales.

2) Presentación digna y humanizada del bebé: Toda familia en duelo tiene el derecho de recibir y despedir de forma digna al bebé que haya muerto en etapa gestacional o después de haber nacido, disponiéndose una Sala Mariposa, concebida como una sala de despedida.

3) Internación en sala diferente a la de maternidad con bebés vivos: La madre en duelo tiene derecho a ser internada en una sala diferente a la sala de internación con otras madres con bebés vivos, evitando de este modo la revictimización y las reacciones físicas y emocionales ante estos dolorosos disparadores.

4) Uso de la mariposa Lila: Los establecimientos sanitarios implementarán el uso de la mariposa Lila como indicador de muerte gestacional o neonatal, ya sea en la puerta de la sala código mariposa donde solo habitarán madres con muertes gestacionales y/o neonatales, o bien en caso de no contar con una sala diferenciada, la mariposa Lila deberá colocarse al pie o a la cabecera de la cama de la paciente como indicador de muerte gestacional o neonatal.

5) Intervención en crisis por parte de profesionales de la salud mental: Los establecimientos sanitarios deberán contar con profesionales de salud mental capacitados para el buen abordaje ante las muertes gestacionales y neonatales, así como en duelo gestacional y puerperio en duelo.

6) Asesoría en lactancia en duelo y de asistencia social para la aplicación de la Ley 5833/17: Los establecimientos sanitarios deberán contar con personal capacitado en lactancia en duelo, el mismo brindará opciones válidas a la madre en duelo. Además, brindar el asesoramiento conforme a la ley respectiva.

7) Entrega de caja de recuerdo: Los establecimientos sanitarios deben contar con una cajita especial para casos de muerte gestacional y/o neonatal donde se recolectará toda evidencia de la existencia del bebé como ser: huellitas de los pies y de las manos, huella de la placenta, pulsera identificadora, mechón de cabello, información sobre la ley, información sobre grupos de apoyo.

Permisos

Toda mujer trabajadora tendrá derecho a usufructuar el permiso laboral por duelo, que dependiendo del tiempo de gestación o de nacimiento del hijo, podrá ser;

  1. Muerte fetal temprana (hasta la semana 22° de gestación): Tiempo de permiso: dos semanas
  2. Muerte fetal intermedia (desde la semana 23° y hasta la semana 28° de gestación): Tiempo de permiso: cuatro semanas
  3. Muerte fetal tardía (Desde la semana 29° de gestación hasta el parto): Tiempo de permiso: ocho semanas
  4. Muerte Neonatal (Desde el parto y hasta los cuatro meses del nacimiento): Tiempo de permiso: ocho semanas

El periodo de permiso laboral estipulado en el artículo anterior comenzará a contarse a partir de la fecha registrada en el certificado de defunción, o en el certificado médico en caso de muertes gestacionales, debiendo estar acompañado por los documentos pertinentes. Los permisos establecidos serán cubiertos por el subsidio por maternidad pagado por el Instituto de Previsión Social (IPS) a quienes sean asegurados.

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