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Estigarribia: “Abuso de una mayoría apeligra la institucionalidad y la seguridad jurídica”

Hugo Estigarribia, abogado constitucionalista y analista político. Foto: La Unión

Hugo Estigarribia, abogado constitucionalista y analista político. Foto: La Unión

El abogado constitucionalista y exlegislador Hugo Estigarribia expresó que embajadores de varios países y distintos gremios se pronunciaron en contra de la destitución de Kattya González porque el Senado, una de las instituciones más importantes de la democracia, violó su propio reglamento. A su criterio, varios sectores rechazaron esta situación debido a que en el Congreso se abusó de una mayoría que pus en peligro la institucionalidad y afectando la seguridad jurídica de un país.

En entrevista con El Nacional, el experto en la norma constitucional expuso que durante el proceso de pérdida de investidura de la exparlamentaria opositora hubo varias irregularidades. Una de ellas, recordó que fue que el senador Silvio “Beto” Ovelar, presidente del Senado, convocó a una sesión extraordinaria no estando en funciones, atendiendo la vigencia del receso parlamentario. La autoridad durante un receso resulta la Comisión Permanente, explicó, siendo la única persona habilitada para el efecto el presidente del organismo, en este caso el senador Colym Soroka.

“Primero el presidente de la Comisión convocó a una sesión extraordinaria, no hubo quorum, entonces el presidente del Senado llamó a otra. Entonces, probablemente esa sesión tendría nulidad. No sé si la señora Kattya González va a plantear la nulidad de la sesión, que es una acción ante un juez en lo civil. También hay una norma que dice que con la cuarta parte del Senado se puede convocar a una sesión y capaz el presidente decidió con base en eso, pero esa parte del papeleo no tengo. Pero, en efecto, hay una cuestión que puede ser investigada”, analizó.

Entre otra de las irregularidades, a criterio del profesional y que sería la más grave, fue que los senadores violaron el reglamento interno que tiene rango constitucional. “La CN dice que las cámaras se rigen por su propio reglamento. Entonces, ellos declararon que el reglamento aprobado en diciembre del 2023, que entró en vigencia en última sesión, fue inconstitucional. Ellos en diciembre establecieron una mayoría de 30 votos para aprobar una pérdida de investidura, pero la CN dice que debe ser por mayoría simple”, continuó.

“Ahora, reconocieron que aprobaron un reglamento inconstitucional, dijeron que no lo iban a utilizar y ellos no puede declarar algo inconstitucional y no aplicable, es la Corte Suprema de Justicia el único órgano jurisdiccional capaz de decidir sobre dicho asunto. Entonces, los senadores se abrogaron funciones de la corte y cayeron en usurpación de funciones públicas, funciones de un juez de la Corte, que también es un delito”, afirmó.

Además, Estigarribia mencionó que al no aplicar su reglamento interno, que si bien violaba la Constitución respecto a las mayorías, sí cumplía con algo no reglamentado que es el debido proceso. “En un juicio político, sí está reglamentado, pero no pérdida de investidura. Entonces, el procedimiento de debido proceso, del traslado y plazo de 7 días para la preparación de la defensa y la presentación de pruebas, no se cumplió”, acotó.

¿Por qué la reacción de varios sectores?

El abogado mencionó que esta pérdida de investidura es diferente porque en las anteriores no había un reglamento interno que establezca el debido proceso y una mayoría calificada, y que en ellas se aplicó directo lo que decía la Constitución porque el reglamento no preveía sobre el juicio de pérdida de investidura. Sin embargo, indicó que ahora sí había un reglamento que no se aplicó y que la gravedad aumenta porque el Senado tomó atribuciones de otro poder y no cumplió con su función como uno de los órganos más importantes en la democracia y la institucionalidad.

“En el caso de Payo Cubas fue grave también porque no se defendió y no se le corrió traslado, aparentemente, por eso probablemente también se violó el debido proceso, pero cuando no había reglamento interno con normas procesales. Por eso este caso es más grave porque un Poder del Estado viola su propia norma, asume atribuciones de otro estamento y destituye a una senadora electa por voto popular. Y maneja su mayoría como quiere. Nadie discute que en un colegiado deciden las mayorías, por eso se acató y se aceptó el juramento del suplente, pero cuando una mayoría es abusada se pone en peligro la institucionalidad y se afecta la seguridad jurídica de un país. Por eso, los embajadores y gremios que nunca se manifestaron, sectores que nunca dijeron nada, ahora opinaron en contra. Por eso, es importante diferenciar eso de otros procesos de pérdida de investidura”, aseveró.

Proceso no tendrá resolución rápida

A consideración del experto, el caso de la exsenadora Kattya González no tendrá una resolución rápida e incluso dijo que la Corte Suprema tiene un plazo de hasta 6 meses o poco más, para dictar una sentencia de fondo sobre el asunto. Dijo además que duda que la máxima instancia judicial emita una orden provisional que declare la nulidad del proceso para la restitución de la Senadora, teniendo en cuenta en que no es muy común que el Poder Judicial obligue al Legislativo a cumplir una orden.

“Vamos a ver qué se presenta el lunes, todo depende del escrito que se presente a través del abogado de González. Seguramente van a pedir una medida provisional que suspenda los efectos de la decisión del Senado hasta que se dicte una sentencia sobre el fondo de la cuestión, pero hay un trámite; primero debe integrarse la Corte tras admitirse la acción y ahí se puede dictar una medida cautelar, pero yo tengo mis dudas sobre que la Corte saque un fallo de este tipo porque la CSJ no suele obligar al Poder Legislativo a nada. Puede darle la razón a la señora Kattya con una sentencia de fondo, pero también sabe que hay otro artículo de la Constitución sobre la independencia de Poderes”, afirmó.

No obstante, aclaró que si bien en esta ocasión se tomó una decisión de un órgano político, que no puede ser objeto de revisión judicial, esta resolución política fue ajustada a la Constitución, por eso consideró que puede ser motivo de análisis por parte de la cúpula del Poder Judicial.

Con respecto a la posibilidad de una solicitud de nulidad de la convocatoria de la sesión ante la probable inhabilidad del titular del Senado para llamar a una reunión extraordinaria, Estigarribia consideró que también podría ser una alternativa más de la defensa, pero ante un juez en lo civil y no ante la Corte.

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