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Política

El Registro Nacional de Espectadores, ¿cortará de raíz la violencia entre barras en los estadios?

Violencia entre barras en los estadios pone en peligro a familias. Foto: Captura de pantalla.

Violencia entre barras en los estadios pone en peligro a familias. Foto: Captura de pantalla.

Ante los últimos acontecimientos que indignaron a la ciudadanía nuevamente por otro caso más de violencia en los estadios perpetrados por barras durante el último partido de Cerro Porteño, despertó el avispero en todos los sectores hasta en lo político, donde incluso se ha mencionado sobre la necesidad de la creación del Registro Nacional de Espectadores (Renaes) que consiste en llevar un registro de la información sistematizada de los espectadores.

Para entender un poquito más, desde el Congreso Nacional se abordó acerca de un proyecto pendiente en la Cámara de Senadores que trata justamente de una iniciativa de ley “De prevención, control y erradicación de la violencia en el deporte”. Esta iniciativa ya tiene media sanción en la Cámara de Diputados y establece la creación del Renaes.

Los proyectistas de ese entonces en la Cámara Baja fueron: Basilio Núñez (ahora senador), Juan Carlos “Nano” Galaverna (ahora senador), Fernando Ortellado (exdiputado), Rocío Abed (diputada), David Rivas (ahora senador).

La exposición de motivos expresa claramente la necesidad de establecer mecanismos de control y prevención para desalentar desórdenes y la ocurrencia de hechos y la identificación de personas y grupos violentos en los eventos deportivos, que debería ser momentos y lugar de sano esparcimiento para los aficionados y para las familias que concurren a las mismas.

Actualmente, rige la Ley N.º 1866/2012 “Por la no violencia en los Estadios deportivos” que con base en la experiencia de los años de su vigencia necesita ser actualizado y mejorado.

Lo qué establecerá el Renaes

El Registro Nacional de Espectadores (Renaes), estará en línea con la base de datos de la Policía Nacional y con el Registro Civil de las Personas, y deberá contar con los datos biométricos de las personas mayores de edad que concurren a un espectáculo deportivo cuyo aforo sea mayor a 2.500 personas, con los siguientes datos:

  1. Lugar y fecha del espectáculo o evento deportivo, clase de competición y contendientes.
  2. Datos identificativos de la entidad deportiva organizadora u organizadoras
  3. Nombre y apellido completo del espectador
  4. Documento de identidad del espectador
  5. Lugar y fecha de nacimiento del espectador
  6. Domicilio del espectador
  7. Foto en formato digital del espectador

Asimismo, el Renaes dispondrá de un “módulo de prohibiciones” de acceso a recintos deportivos que formará parte de la base de datos del mismo. La información en él contenida estará disponible únicamente para las autoridades de la materia, quienes no podrán usarla para otro fin distinto que hacer efectivas las sanciones de prohibición de asistir a espectáculos y eventos deportivos.

En este módulo quedarán inscriptas las personas a quienes se les imponga como sanción la prohibición o suspensión de asistencia a espectáculos y eventos deportivos, que contendrá la infracción cometida por el infractor, la sanción impuesta y su alcance temporal especificando el artículo de la Ley en el que está tipificada.

Las sanciones serán comunicadas por el órgano sancionador, al propio registro y a los organizadores de los espectáculos y eventos deportivos, con el fin de que estos verifiquen la identidad en los controles de acceso por los medios que reglamentariamente se determinen.

Incluso agregan que, las causas de prohibición de acceso a los recintos deportivos se incorporarán a las disposiciones reglamentarias de todas las entidades deportivas y serán constar también, de forma visible, en murales y en los lugares de acceso a los recintos deportivos.

Los clubes y las personas responsables de la organización de eventos y espectáculos deportivos deberán privar de la condición de socio, asociado o abonado a las personas que sean sancionadas con la prohibición de acceso a recintos deportivos, a cuyo efecto la autoridad competente les comunicará la resolución sancionadora, manteniendo la exclusión del abono o de la condición de socio o asociado durante todo el periodo de cumplimiento de la sanción.

Los efectivos policiales, en el cumplimiento de sus funciones, remitirán el parte policial ante la incidencia de actos de violencia ocurridos antes, durante y después de un evento y/o espectáculo deportivo, y en un perímetro de al menos dos (2) kilómetros del recinto deportivo en el que se efectúe, para su registro correspondiente en el Renaes.

Por último, la creación del Renaes también incluirá la implementación de la Comisión Nacional de Seguridad de Eventos Deportivos, que será un órgano consultivo del Ministerio del Interior y estará encargado de la realización de políticas activas contra la violencia y la intolerancia en el deporte.

El estudio de este proyecto está en manos de los senadores, podrá ¿la creación del Renaes ser la solución al problema de la violencia en los estadios?

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