Política
Tobilleras: Diputados sanciona proyecto para volver a la ley “más aplicable”
En sesión ordinaria, la Cámara de Diputados finalizó el estudio en particular del proyecto que modifica varios artículos de una norma legal que establece la implementación de los dispositivos electrónicos de control, más conocidos como “tobilleras electrónicas”, para procesados por la justicia.
Tras el visto bueno institucional, el documento tuvo media sanción y se remite al Senado.
La iniciativa había sido aprobada, en general, la semana pasada; y lleva por denominación oficial: Proyecto de ley “Que modifica los artículos 2°, 7°, 8°, 9°, 10° y 11° de la Ley N.º 5.863/17, que establece la implementación de los dispositivos electrónicos de control, modificada por la Ley N.º 6.345/19, que modifica el artículo 7°, numeral 1°, y deroga el artículo 1° de la Ley N.º 5.863/17 – Que establece la implementación de los dispositivos electrónicos de control”.
Se apunta a reajustar la normativa legal vigente, de manera a facilitar y optimizar su implementación efectiva, ampliando el alcance de la misma.
El proyecto fue remitido por el Poder Ejecutivo como una alternativa al documento que fuera remitido al archivo recientemente, con el mismo objetivo de descomprimir el sistema penitenciario.
La normativa impulsada por el Ejecutivo, a través de los ministerios del Interior y de Justicia, tiene como objetivo que la puesta en vigencia del sistema de dispositivos electrónicos de control (tobilleras electrónicas), sea costeada por los procesados.
La modificación principal de la Cámara de Diputados es que, en el caso de una insolvencia comprobada, del eventual beneficiado, sea el Estado paraguayo el que absorba el costo.
La legisladora Rocío Abed (ANR), presidente de la Comisión de Equidad Social y Género, pidió acompañamiento del plenario para esta propuesta y explicó algunas modificaciones que son impulsadas.
“Se ha incorporado un aspecto muy importante, por lo que por unanimidad decidimos que, en caso de insolvencia, absorba el Estado; y en el caso del que tenga condiciones, que pague por el costo de las tobilleras electrónicas”, esgrimió.
El parlamentario Hugo Meza (ANR), titular de la Comisión de Asuntos Económicos y Financieros, acerca de la iniciativa en debate, sostuvo que no significará una reducción drástica de la población penitenciaria; pero mediante las modificaciones tampoco quedará solo para beneficio de las personas pudientes.
“Ojalá que tanto el Ministerio del Interior como la Policía Nacional tengan la capacidad técnica para implementar esta herramienta y que no resulte una ventana más de corrupción”, expresó.
Explicó que constituirá una herramienta importante para que, en tiempo real, la Policía Nacional, como órgano ejecutor, cuente con información privilegiada sobre la persona que cuenta con una medida sustitutiva.
La congresista Rocío Vallejo (PPQ), a su turno, pidió tomar como base el dictamen de la Comisión de Equidad Social y Género, y que luego vayan acotándose algunas puntualizaciones que fueron discutidas en otras comisiones como las de Asuntos Constitucionales y de Asuntos Económicos y Financieros.
Una de las puntualizaciones se dio en el artículo 3°, que habla de las condiciones de aplicabilidad, donde fue añadido un inciso que determina que “aquellos que reúnan las condiciones para el uso de los dispositivos, pero acrediten insolvencia, con la presencia de dos testigos y en declaración jurada, podrán acceder a la misma con exoneración del pago del canon correspondiente y que este sea costeado por la autoridad de aplicación”.
Además, en el artículo 6°, con base en una recomendación de la Comisión de Asuntos Constitucionales, se estableció que cualquier persona puede hacer una denuncia cuando se destruye un dispositivo que es utilizado para el control de procesados.
A su vez, en el inciso 1° del artículo 7°, en la última parte, se resolvió testar lo referido al plazo de 60 días para la reglamentación, pues en el artículo 11° se expresa lo mismo.
En el artículo 8°, donde se apunta al control institucional, fue aprobado el siguiente texto: “Créase la oficina de control interinstitucional que estará conformada por los representantes de las siguientes instituciones: Corte Suprema de Justicia; Ministerio Público; Ministerio del Interior; Policía Nacional; y Ministerio de Justicia”, con el agregado del Ministerio de la Defensa Pública.
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