Política
Tratarán ley sobre padrinazgo de plazas públicas
Plaza frente al Cabildo de Asunción. Foto: Gentileza
El documento “Que concede al Congreso Nacional, por el término de 20 años, la administración de las plazas: De Armas; Juan de Salazar; Constitución; De la Independencia; y de la Plaza del Congreso, pertenecientes a la Municipalidad de Asunción, sin afectar el carácter de dominio público; ubicadas en el distrito de la Encarnación de la ciudad de Asunción; y que deroga el artículo 2° de la Ley n.° 6.284/2019 – Que declara patrimonio histórico nacional las plazas: Independencia; Juan de Salazar; y la de Armas de la ciudad de Asunción”, será una de las iniciativas a ser analizadas, tras el receso parlamentario de la Comisión de Justicia, Trabajo y Previsión Social, cuyo presidente es el diputado Raúl Latorre (ANR).
Es finalidad de esta iniciativa mejorar, revitalizar, hermosear y proteger los recursos naturales; así como recuperar y revalorizar el patrimonio histórico y cultural de la Nación en los referidos inmuebles.
La iniciativa fue impulsada por la Cámara de Senadores y pretende otorgar al Congreso Nacional la administración exclusiva de dichas plazas; sin embargo, desde la Cámara de Diputados, una de las modificaciones implementadas durante su debate en el plenario fue establecer el padrinazgo de dichos espacios públicos por parte del Congreso Nacional.
De esta manera, los trabajos de mantenimiento de las plazas se deberán coordinar con la Municipalidad de Asunción.
Cabe recordar que desde el Senado se resolvió rechazar las modificaciones impuestas por la Cámara Baja, por lo que la referida negativa será analizada en varias comisiones asesoras de Diputados para nuevamente ponerlas a consideración del plenario.
“El Congreso Nacional incluirá en su presupuesto institucional los recursos financieros necesarios. Este presupuesto será incorporado para su ejecución en el ejercicio fiscal inmediato siguiente al año de la promulgación de la presente ley”, según se establece en uno de los artículos.
Igualmente, estipula que: “El Congreso Nacional, en coordinación con las instituciones competentes, establecerá los planes, programas, proyectos que se refieran con el objeto de la presente ley y a tal efecto se autoriza a firmar convenios y acuerdos con instituciones u organizaciones no gubernamentales para la investigación, recuperación o puestas en valor de construcciones, monumentos u objetos de valor histórico-cultural que se encuentren o pudieran encontrarse en los mencionados sitios”.
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