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Política

Proyecto de ley propone que objetores de conciencia cumplan otras disposiciones

Servicio militar. Foto: Archivo.

Servicio militar. Foto: Archivo.

El proyecto de ley “Que modifica los artículos 20 y 21 de la Ley n.º 4.013/2010 “Que reglamenta el ejercicio del derecho a la objeción de conciencia al Servicio Militar Obligatorio y establece el servicio sustitutivo al mismo, en beneficio de la población civil”, será, nuevamente, analizado por la Cámara de Diputados.

Recordemos que tras su aprobación en la Cámara Baja, fue rechazado en Senadores, por lo que volvió el documento a la cámara de origen.

Son proyectistas del documento, los legisladores Jorge A. Mariño (PLRA-Paraguarí), y Derlis Maidana (ANR-Misiones), quienes señalaron que la idea es establecer reglas claras que contribuyan a que los jóvenes sean conscientes de que la democracia se trata de asumir derechos y obligaciones con ellos mismos, con la sociedad y con la patria.

Explican en la exposición de motivos, que acompaña el proyecto, que, en la práctica, los jóvenes no cumplen el servicio militar, ni tampoco las obligaciones estipuladas que establece la objeción de conciencia, y que ni siquiera se presentan para tramitar el certificado de insolvencia.

La propuesta consiste en la inclusión, en el art. 20, de un apartado en donde se obliga a todos los varones de 18 años de edad, a contar, indistintamente, o con un carné o certificación de cumplimiento de la objeción de conciencia; constancia de pago de la contribución establecida en la ley; certificación de insolvencia o constancia de exoneración del pago por insolvencia, para la realización de determinados trámites públicos.

Por otro lado, la modificación del art. 21, consiste en la creación de un fondo con las contribuciones de los jóvenes que optan, en vez de prestar el servicio sustitutivo, al pago de una multa equivalente a cinco jornales mínimos para actividades diversas no especificadas.

“Los fondos de la contribución percibidos se destinarán al financiamiento de las políticas públicas de objeción de conciencia, y a acciones sociales en el ámbito de la niñez y adolescencia en situación de pobreza dentro del presupuesto de la Defensoría del Pueblo”, dice, expresamente, el documento.

Recordemos que los inscriptos como objetores de conciencia tienen tres opciones para acceder al carnet de objetor de conciencia al Servicio Militar Obligatorio (SMO). La primera es realizar un servicio sustitutivo; la segunda abonar una multa de G. 400.000 y la tercera es no hacer el servicio social y declararse insolvente para no pagar la multa.

Considerando que el documento se encuentra en su tercer trámite constitucional, en su estudio en la Cámara Baja, tendrán la potestad de aceptar el rechazo del Senado, o en todo caso ratificarse en su postura inicial.

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