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Política

Podrían aprobar proyecto de “puertas giratorias” el próximo jueves

Cámara de Senadores. Foto: Gentileza.

Cámara de Senadores. Foto: Gentileza.

El senador Fernando Lugo, vicepresidente de la Cámara Alta, en ejercicio de la Presidencia, encabezó ayer lunes la reunión de mesa directiva en compañía de sus colegas líderes y vicelíderes de Bancadas, a fin de elaborar el orden del día tentativo que consta de 12 puntos. El documento será analizado este jueves 21 de julio, a partir de las 9:00 horas.

En la ocasión serán analizados los proyectos legislativos “Que previene el conflicto de interés en la Función Pública”, presentado por el senador Derlis Osorio, y el “Que establece deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables a los altos cargos de la República”, presentado por los senadores Fidel Zavala, Georgia Arrúa y Stephan Rasmussen.

Es importante acotar que el documento fue aprobado en general y postergado su estudio en particular por 8 días, en sesión de fecha 14 de julio de 2022, a moción del senador Hugo Richer.

El proyecto de ley tiene por objetivo establecer un conjunto de deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables a los altos cargos de la Administración Central, de los entes descentralizados en el Banco Central del Paraguay, la banca pública, las empresas públicas y demás organismos y entidades del Estado.

Esto, luego de la contratación de varios ex ministros por parte de las empresas del expresidente de la República Horacio Cartes, quienes ocuparon altos cargos y manejaban información sensible.

En el ámbito de aplicación, serán objeto los ministros y viceministros del Poder Ejecutivo y sus equivalentes en las secretarías ejecutivas, dependientes de la Presidencia de la República.

El proyecto alcanza también al presidente y al resto de los miembros titulares del Banco Central del Paraguay, del Banco Nacional de Fomento, del Fondo Ganadero, del Crédito Agrícola de Habilitación y de la Agencia Financiera de Desarrollo.

También incluye al presidente de cualquier empresa pública, del Instituto de Previsión Social, el superintendente de bancos, el superintendente de seguros e interventores del Poder Ejecutivo.

Se establece que los altos cargos no podrán prestar servicios a personas jurídicas privadas que hayan resultado afectadas por decisiones en las que el mismo funcionario haya participado, por el plazo de dos años desde su cese.

La prohibición se extiende tanto a la persona jurídica privada afectada, como a sus vinculadas y las sanciones son la prohibición de ocupar un alto cargo durante un periodo de entre tres y seis años.

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