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Política

Recuerdan tiempo límite para inscripción de movimientos políticos

Los Tribunales Electorales de las circunscripciones electorales del país tienen tiempo hasta el 11 de junio para emitir la resolución de reconocimiento de las 33 organizaciones políticas que buscan participar en las Elecciones Nacionales del 2023. Este tiempo es el designado por la Resolución TSJE N.º 108/2021, en su Art. 4 ítem 11.

Como acto inicial del proceso de reconocimiento, el órgano electoral competente recaba, vía pedido de informe, si los datos de los proponentes presentados por las organizaciones políticas se hallan o no inscriptos en el Registro Cívico Permanente, así como el número de registros coincidentes al mismo. A efectos de este trámite, los expedientes son remitidos a la Dirección de Registro Electoral que trabaja en conjunto con la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicación (DTIC), para el chequeo de inscripción de los mismos, en el Registro Cívico Permanente (RCP).

Una vez verificado el cumplimiento del porcentaje de propiciadores exigidos en la ley, así como la condición de elector de los mismos, la solicitud regresa al Tribunal Electoral donde se presentó el requerimiento de reconocimiento, y luego se remite a la Fiscalía Electoral, que es la encargada de examinar toda documentación presentada, llámese estatuto, acta constitutiva y otros requisitos exigidos por el art. 21 y concordantes de la Ley 834/96. La Fiscalía Electoral contará con 10 días para emitir su dictamen, debiendo dentro de dicho plazo remitir el citado expediente al Tribunal Electoral correspondiente.

Previo dictamen, el Tribunal Electoral de la circunscripción competente dispondrá la publicación de edictos por tres días consecutivos en dos diarios de circulación nacional, y cumplido dicho término se pondrá de manifiesto por 30 días, a efectos de que si alguna organización política reconocida se sienta agraviada por el referido pedido de reconocimiento, pueda actuar en consecuencia. El edicto contendrá una síntesis de lo exigido en el artículo 21 de la ley electoral. De no presentarse oposición al reconocimiento, el Tribunal Electoral correspondiente dictará resolución de reconocimiento, cuyo plazo fenece el próximo 11 de junio del año en curso.

El pasado 2 de marzo feneció el tiempo para solicitar reconocimiento de partidos y movimientos políticos a los efectos de participar en las Elecciones Nacionales y Departamentales del 2023. Este fue un trabajo llevado a cabo por los apoderados de las organizaciones políticas que debieron solicitar al Tribunal Electoral competente en el periodo consignado en el Cronograma Electoral para dichos comicios.

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