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Política

Ejecutivo presentará al Congreso proyecto de ley de Conflicto de Intereses

Hernan Hutteman, ministro secretario general de la Presidencia de la República y el ministro de Secretaría Nacional Anticorrupción (SENAC), René Fernández. (Foto Presidencia).

Hernan Hutteman, ministro secretario general de la Presidencia de la República y el ministro de Secretaría Nacional Anticorrupción (SENAC), René Fernández. (Foto Presidencia).

Hernan Hutteman, ministro secretario general de la Presidencia de la República, informó a los medios de comunicación que el mandatario, Mario Abdo Benítez, firmó el proyecto de ley que establece el régimen de Prevención, Corrección y Sanción de Conflicto de Intereses en la Función Pública. La propuesta establece principalmente que todos los altos funcionarios deberán presentar una declaración jurada de intereses.

“Se prevé una serie de medidas tendientes a evitar estos conflictos (de intereses) como ser la presentación de una declaración jurada de intereses. Que tendrán que presentar todos los sujetos obligados, que esto le incluye al presidente de la República, a los miembros del Congreso, a los ministros de la corte Suprema, a los ministros ejecutivos, es decir todos los altos funcionarios y también a todos los funcionarios que por la facultad decisoria que tienen procesos administrativos donde se ve comprometido el patrimonio del Estado”, dijo.

El secretario del jefe del Estado, explicó que se establecen además conductas prohibidas para los funcionarios públicos, como participar de cualquier sociedad comercial que opere en el ámbito sobre lo que uno tiene algún tipo de decisión o ponencia. También se establece la prohibición de que uno pueda ser proveedor del Estado, como los deberes de abstención para los funcionarios públicos, donde se tendrán que abstener de decidir en procesos que participen empresas de las que uno fue parte.

“Se prevé también por primera vez límites al egreso de la función pública, se discute mucho esto en otros países, el famoso caso de la puerta giratoria, que uno ingresa a la función pública, accede a una serie de información y luego esta información privilegiada la utiliza para otros fines apenas sale de la función pública”, relató.

El presidente de la República y otras autoridades del Estado tendrían la facultad de consultar a la Secretaría Nacional Anticorrupción, sobre los vínculos que tienen las personas antes de nombrarlas, lo que no implicaría que el funcionario no vaya ser nombrado, sino saber bien cuáles son sus vínculos y sus relaciones y cómo eso puede incidir a la hora de tomar una decisión.

Sanciones

A su turno, el ministro de Secretaría Nacional Anticorrupción (SENAC), René Fernández, habló de las sanciones que serían aplicadas tanto por la institución a su cargo como por la Contraloría General de la República.

“En caso de que no haya sido presentada la declaración jurada o haya sido presentada en forma tardía existe una sanción, en caso de que sea formulada una declaración falsa ya sea por reticencia o por formulación de datos falsos, hay una sanción que puede llegar a 200 jornales mínimos y una inhabilitación para cumplir funciones públicas hasta 5 años”, expresó.

En lo que se refiere al incumplimiento del régimen de las prohibiciones y de los deberes de abstención, explicó que se establece como una falta grave para el funcionario. Por lo tanto, podrá ser juzgado bajo el régimen de la ley de la función pública y se prevé una posibilidad de que en el futuro exista una reforma en cuanto al servicio civil también en ese sentido, según manifestó el ministro.

Con respecto a otros poderes del Estado u órganos extra poder, también se prevé que de acuerdo a la naturaleza jurídica esa entidad estatal se enjuicie y se sancione ese tipo de conductas. “Finalmente está lo que se refiere a los órganos políticos de alto rango como el presidente de la República, legisladores, miembros de la Corte Suprema de Justicia y sería una causal de Juicio Político”, finalizó.

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