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Política

Darán a conocer aspectos jurídicos de la Ley de Teletrabajo

El programa MiPYME Compite invita al público en general a participar de un webinar donde se desplegará un análisis jurídico acerca de las implicancias que conllevan adoptar la modalidad de teletrabajo.

Será el jueves 21 de octubre, a las 18:30, con la participación gratuita a través de la modalidad virtual de la plataforma ZOOM, bajo inscripción previa.

El disertante será el abogado Matías Chaves, quien es el redactor del anteproyecto de la ley de teletrabajo. En este encuentro virtual el profesional abordará aspectos informativos y conceptuales que se deben tener en cuenta al momento de trabajar a distancia, conforma dicta la mencionada ley.

Apoyan este evento el programa MiPYME Compite, Unión Industrial Paraguaya (UIP), Ferreré, con el apoyo de la Unión Europea y el Ministerio de Industria y Comercio (Mec).

Las inscripciones deben realizarse en el siguiente enlace: https://bit.ly/3j8SqT7

Antecedentes

El Poder Ejecutivo sancionó en junio de este año el proyecto de Ley N° 6738 “Que establece el Régimen Jurídico del Teletrabajo en relación de dependencia”. La normativa dispone, entre otras cosas, la no obligatoriedad para el colaborador de responder al empleador fuera del horario laboral.

La Cámara de Senadores aprobó el pasado 7 de mayo su versión del proyecto y rechazó las modificaciones introducidas por Diputados. Finalmente ayer el 2 de junio el Ejecutivo procedió a su promulgación.

Esta iniciativa tiene el propósito de impulsar la modernización, reducir los costos, incrementar la productividad y brindar la posibilidad de conciliar las actividades laborales y las responsabilidades familiares.

La ley ya está vigente y rige para empresas privadas, organismos del Estado sean privados, púbicos o mixtos; gobernaciones, municipalidades, instituciones autónomas y autárquicas, según señala el documento.

Los trabajadores que se desempeñen bajo la modalidad del teletrabajo tendrán los mismos derechos y obligaciones que un trabajador que cumpla sus funciones de manera presencial. Utilizar esta forma de trabajo es voluntaria tanto para el trabajador como para el empleador.

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