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Política

Faltas y delitos electorales serán fuertemente sancionados, según TSJE

Sede del Tribunal Superior de Justicia Electoral. Foto: Agencia IP.

Sede del Tribunal Superior de Justicia Electoral. Foto: Agencia IP.

El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), en el marco de las elecciones municipales del 10 de octubre, recordó las sanciones a las que se exponen los ciudadanos al cometer faltas y delitos electorales. Instaron a los electores a no incurrir en ellos y anunció que serán tajantes a la hora de aplicar los castigos.

De acuerdo a la ley N° 834/96 del Código Electoral Paraguayo, está tipificado como faltas los actos comprendidos en los artículos 320 al 329. “De los cuales se resaltan: la violencia individual o colectiva sobre los electores para evitar que voten o que lo hagan en determinado sentido, contra su voluntad o pretendiendo violar el secreto del voto, la retención de documentos de identidad de electores el día de los comicios y la votación reiterada, es decir, votar más de una vez en una misma elección”, señala el órgano electoral.

La referida ley, a su vez, considera como faltas una serie de actos especificados en los artículos 331 al 337, entre los que se resalta la perturbación del orden que debe reinar en el desarrollo de los actos electorales.

Son consideradas como faltas asistir al recinto en estado de ebriedad, bajo influencia de estupefacientes o portando armas.

En otro sentido, el artículo 335 de la Ley 834/96 establece la prohibición de venta de bebidas alcohólicas desde 12 horas antes de las elecciones y durante el día de los comicios, recordando que la multa para quienes no cumplan con esta disposición es de 50 a 200 jornales mínimos.

 

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